El Tribunal Constitucional (TC) dio un giro en su posición respecto al rol del Congreso en la generación de gasto público. A diferencia de 2022, cuando el máximo intérprete de la Constitución permitió a los legisladores impulsar leyes que implicaran erogaciones al Estado, ahora les ha retirado esa iniciativa cuando estas incidan en el presupuesto anual o tengan impacto fiscal a futuro.
El fallo, publicado por el propio TC, establece que los proyectos de ley que supongan un incremento en el gasto público deberán coordinarse previamente con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para evaluar su viabilidad presupuestal. De esta manera, el Legislativo ya no podrá actuar de manera autónoma en esta materia, según señaló el presidente del Consejo Fiscal a La República.
La decisión del TC se originó a raíz de una demanda de inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo contra la Ley 31232, impulsada por el Congreso. Dicha norma declaraba en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la zona baja del distrito de Belén, en la provincia de Maynas, Loreto. El TC consideró que la disposición del Parlamento, que ordena al Ministerio de Vivienda construir viviendas y ejecutar obras de saneamiento, implica destinar recursos que no estaban inicialmente presupuestados.
En concreto, el fallo prohíbe al Congreso promover leyes que generen gasto público sin coordinación previa con el MEF. El presidente del Consejo Fiscal precisó a La República que el Legislativo ya no actuará de manera autónoma en este tipo de iniciativas.
La sentencia del Tribunal Constitucional fue respaldada por los magistrados Helder Domínguez Haro (presidente), Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez. En contra de la postura mayoritaria votaron Luz Pacheco Zerga y Manuel Monteagudo Valdez. La magistrada Pacheco, quien se opuso a la medida, señaló que el Gobierno debe contar con políticas públicas en el presupuesto y el Congreso debe limitarse a fiscalizar.
Por esta razón, el TC declaró fundado el pedido del Ejecutivo, al considerar que este tipo de iniciativas debieron partir del Gobierno por tratarse de costos a futuro. Según el fallo, los proyectos legislativos deberán cumplir una serie de requisitos de constitucionalidad de forma y de fondo. Las iniciativas que demanden costos al Ejecutivo deberán identificar expresamente la fuente de financiamiento que garantice efectivamente el equilibrio presupuestario. De esta manera, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitirá un informe de sostenibilidad fiscal de acuerdo con los requerimientos de las comisiones del Congreso.
“El proyecto de ley deberá tener en cuenta, en estrecha coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, el principio de desarrollo progresivo de las regulaciones que generen gasto, a efectos de modular o programar la ejecución del gasto que genere la norma, en armonía con el criterio rector de sostenibilidad fiscal”, dice el TC en su resolución.
“Ochoa es el ponente. El Dr. Monteagudo y yo tenemos una postura, que considero responde a lo que establece el art. 79: los congresistas no tienen iniciativa de gasto y no caben las excepciones. Si queremos finanzas sólidas y protección a largo plazo de los derechos fundamentales, hay que exigirle al Ejecutivo mejores políticas públicas concretadas en el presupuesto y al Congreso que cumpla con su función de fiscalizar”, comentó Pacheco. El presidente del Consejo Fiscal y exministro de Economía, en diálogo con La República, señaló que, con el fallo del TC, el Parlamento no puede actuar de manera autónoma. “Ello permitirá hacia atrás hacer más fácil cuestionar la constitucionalidad de leyes que generan gasto público mediante acciones de inconstitucionalidad y hacia adelante sube la valla al futuro Congreso en aprobación de leyes con costo fiscal ante la mayor probabilidad que sean después llevadas al TC”, explicó. Además, añadió: “Los ganadores son todos los peruanos, pues este fallo genera mejores condiciones para garantizar un manejo prudente de las finanzas públicas y en consecuencia, asegurar la estabilidad fiscal que tantos beneficios ha traído al Perú”.
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