Con 14 votos a favor, nueve en contra y ninguna abstención, la Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó en segunda votación el dictamen del Proyecto de ley 14337/2025, que incorpora el delito de lesa humanidad al Código Penal. La iniciativa fue presentada por el presidente del Parlamento, Fernando Rospigliosi.

La norma, que se alinea con los criterios del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, establece una regulación específica para estos crímenes mediante un nuevo capítulo en el Título XIV-A del Código Penal. Se considerarán delitos de lesa humanidad actos como asesinato, tortura, desaparición forzada o violación sexual cuando sean cometidos como parte de un “ataque generalizado o sistemático contra una población civil”, con conocimiento e intención del autor.

El texto define que “ataque sistemático es la conducta planificada, mediante una logística previa, para promover ese ataque con aplicación metódica en la perpetración del delito, de conformidad con una política de gobierno o con los planes de una organización de grupos armados para cometer ese ataque”. Las sanciones previstas van desde los 30 años de pena privativa de libertad hasta la cadena perpetua, según corresponda.

Además, la norma precisa que aquellos hechos investigados que no cumplan con los elementos del delito de lesa humanidad deberán ser procesados como delitos comunes, conforme a la legislación penal vigente. También establece que tendrá aplicación inmediata en los casos en trámite donde se haya utilizado o propuesto la aplicación de este tipo penal, así como en aquellos procesos con condena que se encuentren bajo revisión, nulidad u otro recurso o garantía constitucional.

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