El Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria determinó que la captura del expresidente Pedro Castillo, ocurrida el 7 de diciembre de 2022 tras su intento de golpe de Estado, no siguió los procedimientos legales regulares. La conclusión fue revelada por el medio Epicentro y confirmada por fuentes cercanas al exmandatario.
Según los especialistas de Naciones Unidas, la detención vulneró los artículos 3, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos —que garantizan la libertad, la prohibición de detención arbitraria, el acceso a un tribunal independiente y la presunción de inocencia—, así como los artículos 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, relativos al derecho a la libertad y a la igualdad ante los tribunales. Por ello, el organismo consideró que el arresto fue arbitrario.
Ante esta situación, los expertos instaron al Estado peruano a disponer la liberación inmediata de Pedro Castillo. Además, señalaron que el exmandatario tiene derecho a solicitar una reparación económica por los perjuicios sufridos durante su detención arbitraria. La decisión del grupo de trabajo de la ONU se suma a los pronunciamientos previos que cuestionan el proceso judicial contra el expresidente, quien permanece recluido en el penal de Barbadillo.
El documento también analizó si hubo discriminación contra el exmandatario por su origen campesino y condición social a manos de grupos de poder. Sin embargo, el Grupo de Trabajo determinó que “no se presentaron los elementos suficientes para acreditar la existencia de discriminación”. En su lugar, los expertos señalaron que el escenario descrito evidencia “un continuo enfrentamiento entre grupos con distintas posiciones políticas”, más que un caso de discriminación acreditada. Además, el Grupo de Trabajo indicó que solicitará información sobre las medidas de seguimiento adoptadas tras sus recomendaciones.
En sus conclusiones, el documento señala: “El Grupo de Trabajo recuerda que el Consejo de Derechos Humanos ha alentado a todos los Estados que colaboren con el Grupo de Trabajo, y les ha pedido que tengan en cuenta sus opiniones y, de ser necesario, tomen las medidas apropiadas para remediar la situación de las personas privadas arbitrariamente de libertad, y a que informen al Grupo de Trabajo de las medidas que hayan adoptado”.
Sobre el carácter vinculante de la resolución, La República consultó al abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), Carlos Rivera. El especialista explicó que las opiniones del Grupo de Trabajo adquieren ese carácter debido a que el Estado peruano ha ratificado el tratado internacional que sustenta la existencia de estos órganos.
En las últimas semanas, la posibilidad de un indulto al expresidente Pedro Castillo ha generado un intenso debate. El presidente José María Balcázar no descartó tramitar una gracia presidencial a su favor y señaló que una medida así contribuiría al proceso de pacificación que, a su juicio, el país necesita. “Yo podría o no podría dar indultos a cualquier condenado o procesado que la ley y la Constitución me pueden autorizar. De tal manera que no habría ninguna objeción que hacer, porque es una decisión presidencial, la Constitución me autoriza”, declaró en entrevista con RPP.
Frente a esta postura, Fuerza Popular ha rechazado la iniciativa. El senador electo Héctor Ventura calificó el eventual indulto como un tema “irrelevante” para el país y sostuvo que carece del sustento técnico necesario. “Hay muchísimo que trabajar en la lucha contra la inseguridad ciudadana, darle estabilidad jurídica, social, política y económica al país, y no estar pretendiendo intereses personalísimos; el indulto a Castillo es un imposible jurídico”, declaró a Perú21.
En otro frente, el abogado constitucionalista y excongresista Carlos Rivera se refirió al carácter de las opiniones del Grupo de Trabajo de la ONU. “Si bien es cierto que las opiniones de un Grupo de Trabajo no tienen la fuerza de una resolución jurisdiccional, estos órganos existen en virtud del mandato del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tratado que el Perú ha ratificado. Por lo tanto, ello determina el carácter vinculante de sus decisiones”, indicó Rivera a este medio.
El mes pasado, la Comisión de Gracias Presidenciales desestimó el pedido de indulto presentado por el expresidente Pedro Castillo. Tras evaluar la solicitud, el organismo determinó que esta no reunía las condiciones exigidas para acceder al beneficio, por lo que el exmandatario continuará privado de su libertad y bajo las disposiciones dictadas por las autoridades correspondientes. Por su lado, el abogado de Castillo y exministro del Interior, Wilfredo Pedraza, se unió a quienes consideran que el exmandatario podría acceder a un perdón presidencial. Según explicó Pedraza a este medio, Pedro Castillo cumpliría con las condiciones legales para acceder a una gracia presidencial, ya que no tiene una sentencia firme, mantiene la condición de procesado y ha permanecido detenido por un periodo que supera el doble del plazo previsto para el proceso. Además, precisó que las restricciones para este beneficio solo alcanzan a determinados delitos, como el sicariato, la extorsión y la violación de menores de edad.
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