El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) oficializó el pago del aguinaldo de S/300 por Fiestas Patrias para los trabajadores del sector público, mediante un Decreto Supremo publicado en el diario oficial El Peruano. El beneficio se pagará durante el mes de julio, conjuntamente con la planilla de remuneraciones de cada entidad pública.
Entre los beneficiarios figuran los servidores públicos de los regímenes 276, docentes de la Carrera Pública Magisterial y de universidades públicas, personal de salud, integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, así como pensionistas de los regímenes comprendidos en la norma.
Sin embargo, los casi 350 mil trabajadores del régimen CAS ya no recibirán el aguinaldo de S/300. Esto se debe a que la Ley N.° 32563, promulgada en marzo de este año, reemplazó ese beneficio por el derecho a percibir gratificaciones. El problema, según el profesor de Derecho Laboral Willman Meléndez, no es que el derecho no exista, sino que el Estado lo aprobó sin garantizar los recursos para hacerlo efectivo. "Estos beneficios no solamente pueden ser declarativos, sino acompañados con el presupuesto necesario", apuntó en RPP.
El especialista explicó que, al tratarse de trabajadores del Estado, el pago de cualquier beneficio económico debe respetar el principio constitucional de equilibrio fiscal, es decir, contar previamente con recursos asignados. "No debe haber un divorcio", sostuvo. La falta de presupuesto para financiar esta gratificación podría llevar el caso a los tribunales.
“En el caso de una relación laboral pública rige el principio de equilibrio fiscal. Lo que no se ha hecho es compaginar ese principio y generar partidas con su cumplimiento”, anotó a esta redacción el laboralista, quien advirtió que la falta de presupuesto no elimina el derecho reconocido por la ley. Por ello, los trabajadores CAS podrían acudir al Poder Judicial para exigir el pago de sus gratificaciones. “Un trabajador puede demandar ante un juez su pago”, indicó.
Sin embargo, el especialista señaló que el juez también deberá evaluar el principio de equilibrio fiscal al momento de resolver el caso. “El juez puede ver que hay una ley, pero eso no ha comulgado con el principio de equilibrio”, acotó. En ese escenario, explicó que una eventual sentencia podría reconocer el derecho y ordenar que la entidad incorpore ese gasto en su presupuesto. “Como a la fecha hay una ley con derecho, pero no hay presupuesto, esto genera una deuda con los trabajadores”, señaló. Añadió que el cumplimiento podría concretarse recién mediante mandato judicial: “Tiene que haber una sentencia judicial”.
Meléndez también advirtió que la norma podría terminar siendo analizada por el Tribunal Constitucional si se presenta una demanda de inconstitucionalidad. “El llamado al Tribunal Constitucional es que pueda declarar inconstitucional esta norma o suspender esta norma”. Recordó que tanto el Tribunal Constitucional como la Corte Suprema, en otros casos, han suspendido la aplicación de normas hasta que se garantice el financiamiento correspondiente.
Implementar el pago de gratificaciones para todos los trabajadores CAS demandaría S/3.500 millones al año, un monto que se busca incluir mañana jueves 9 de julio en el debate de la Comisión Permanente del Congreso. Para el especialista, el escenario actual pone sobre la mesa una contradicción entre el reconocimiento de ley del beneficio y la posibilidad real de hacerlo efectivo. “Hay dos caras de una misma moneda”, resumió.
“Hay dos caras de una misma moneda entre el derecho reconocido, declarado. Pero el problema es que para que sea efectivo necesitan la cara material, real y eso significaría el presupuesto”, señaló el especialista. En su opinión, esa situación no cambiará en el corto plazo porque las entidades públicas elaboraron sus presupuestos antes de la aprobación de la ley. “Esta situación se va a mantener en este mismo punto porque las entidades no han presupuestado”, apuntó. En ese contexto, consideró que la propuesta planteada semanas atrás por el Gobierno para aplicar las gratificaciones de manera progresiva (empezaba con un 10% este 2026 hacia el 100% en 2030) respondía justamente a la necesidad de compatibilizar el nuevo derecho con las restricciones fiscales. “Podría ser una manera de cumplir la ley, reconociendo el derecho, y evitar el incumplimiento del Estado”, concluyó.
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