La jueza constitucional de Lima, Malbina Saldaña, declaró “improcedente” la solicitud de medida cautelar presentada en favor del excandidato presidencial de Juntos por el Perú, Roberto Sánchez. El pedido, formulado por Tomás Soldevilla, buscaba suspender de forma inmediata los efectos de la acusación fiscal que pide cinco años y cuatro meses de prisión para Sánchez por presuntas irregularidades en la presentación de la información financiera de su partido ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

La medida cautelar pretendía mantenerse vigente mientras se resuelve el hábeas corpus interpuesto por Soldevilla, que solicita la nulidad de la acusación fiscal y de la citación a la audiencia de control de acusación realizada el pasado 27 de mayo. Dicho recurso sostiene que se habrían vulnerado los derechos políticos y electorales del excongresista, así como el principio de legalidad penal, su integridad personal y su derecho al honor.

La acusación fue formulada por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cercado de Lima-Rímac-Breña-Jesús María, Segundo Despacho del Distrito Fiscal de Lima Centro. En la solicitud de medida cautelar se argumenta que este proceso constituye una vulneración indirecta de las garantías constitucionales del presidente de la República, al tratarse de un candidato presidencial electo. Además, se sostiene que el pedido de prisión resulta desproporcionado, pues implicaría una inhabilitación definitiva para ejercer cargos públicos, una sanción que —según el recurso— no guarda relación con la supuesta conducta delictiva atribuida. También se alega que la acusación presenta insuficiencia probatoria y adolece de graves deficiencias en los elementos de prueba, entre otros argumentos.

La magistrada señaló, mediante una resolución emitida el último 15 de mayo a la que accedió RPP, que estos argumentos serán evaluados al resolver el fondo del proceso. Precisó que las alegaciones podrán desarrollarse durante la evaluación de la sentencia, conforme a la Constitución y lo que determine el juzgado. “No resulta adecuado establecer la suspensión de los actos referidos en la presente demanda, hasta que se resuelva en definitiva la presente demanda, toda vez que, en dicho momento procesal se determinará si tales actos han sido efectuados con arreglo a ley o sustento legal respectivo, o en vulneración de los mismos y al debido proceso”, indicó la jueza Malbina Saldaña, quien dispuso que, una vez que la resolución quede consentida o ejecutoriada, se archive el expediente. En respuesta, el ciudadano Tomás Soldevilla interpuso un recurso de apelación contra esta decisión. La jueza Saldaña lo “concedió” el pasado 28 de mayo, con “efecto suspensivo”, y lo remitió a la Tercera Sala Constitucional de Lima, instancia que deberá evaluarlo y pronunciarse en los próximos días. Paralelamente, el 5 de junio, el juez penal Adolfo Farfán dictó el auto de enjuiciamiento que da paso al inicio del juicio oral contra Roberto Sánchez por la investigación vinculada a este caso.

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