El Organismo Supervisor de la Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) advirtió que una sentencia judicial, emitida el pasado 4 de septiembre, podría comprometer el cobro de peajes y poner en riesgo el sistema de concesiones viales en todo el país. La preocupación del regulador surge por la decisión del Juez de Investigación Preparatoria de Camaná (Arequipa), quien atendió una demanda de habeas corpus presentada por el ciudadano Ronny Alberto Llerena Oviedo contra la Concesionaria Peruana de Vías (COVINCA S.A.).

Llerena Oviedo alegó que el cobro de peajes en la carretera que da acceso a su propiedad en Camaná vulneraba su derecho al libre tránsito, por lo que solicitó la eliminación del pago para ingresar y salir de su terreno. En su defensa, la concesionaria argumentó que el cobro se realiza bajo el contrato de Concesión del Tramo Vial Desvío Quilca-Desvío Arequipa-Desvío Matarani, firmado con el Estado peruano en 2013, y que los ingresos generados son fundamentales para el mantenimiento y operación de la infraestructura.

Durante el proceso, COVINCA también señaló que varios vehículos que transitan por la zona eluden el peaje Camaná ingresando a terrenos contiguos a la carretera Panamericana Sur para luego bordearla y reingresar, lo que daña la infraestructura vial. Por ello, se realizaron movimientos de tierras dentro del derecho de vía para evitar esta falta grave.

Verónica Zambrano, presidenta del Ositrán, señaló que esta situación deviene del riesgo que supuso la suspensión del cobro de peajes por parte de Rutas de Lima en Puente Piedra, a partir de una sentencia del Tribunal Constitucional (TC). El organismo advirtió que replicar este criterio en carreteras concesionadas de la red vial nacional, como la administrada por COVINCA, generaría un impacto negativo en la infraestructura vial, pues el cobro es indispensable para financiar el mantenimiento de las vías y asegurar su operatividad. Al respecto, Ositrán presentó una serie de argumentos sobre el peligro de eliminar el cobro del peaje. El regulador recordó que las normas invocadas para sustentar la eliminación del peaje, como la Ley N° 15573, tienen disposiciones que han sido derogadas por leyes y decretos que otorgan al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) la potestad de definir las vías sujetas a concesión y autorizar el cobro de peajes sin condicionarlo a la existencia de vías alternas. Además, consideró que el fallo judicial sienta un precedente que podría disuadir futuras inversiones en infraestructura vial bajo el esquema de concesiones. La concesionaria asegura que esas obras no han afectado el libre acceso al inmueble del demandante, pues cuenta con seis accesos alternos. Pese a estos argumentos, finalmente, la sentencia judicial dispuso la eliminación del cobro de peajes en ese tramo basándose en un fallo del TC que exige la existencia de vías alternas de donde se cobre peaje. Con esto, se dispone que COVINCA junto con el MTC, la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor y el demandante, establezcan el lugar de ingreso de la vía alterna. Zambrano subrayó que la confusión generada en torno al cobro de peajes tiene como gran responsable a la última resolución del Tribunal Constitucional (TC), emitida en marzo de este año sobre el caso de Rutas de Lima. En esa línea, explicó que dicha resolución invoca una ley antigua que exigía la existencia obligatoria de una vía alterna para poder cobrar peajes. Sin embargo, precisó que la misma norma también contemplaba la posibilidad de “construir y mejorar vías sin tener que tener una vía preexistente”. Además, agregó que este requerimiento solo aplicaba a las vías administradas por el Estado, no a las concesionadas a privados. “Es una norma que se aplica solamente a carreteras administradas por el Estado porque, expresamente, dice que todo lo que se recaude va al Tesoro. No es un escenario de concesiones”, enfatizó el representante de Ositrán. El pago del peaje, recordó, “tiene toda una base legal y toda una racionalidad económica, que es que quien utiliza un servicio de pagar por él”. La sentencia judicial que ahora amenaza el cobro en carreteras concesionadas se sustenta, según Zambrano, en una interpretación que no corresponde al modelo de concesiones vigente en el país.

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