Un reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC) ha generado controversia al ordenar a El Comercio eliminar de su página web una información publicada en 2014, bajo el argumento de que ese hecho ya perdió interés público. La decisión no cuestiona la veracidad de los hechos —pilar fundamental del periodismo— sino que se centra en si el contenido aún interesa o no al lector, una valoración que, según críticos, no le corresponde al tribunal.

El derecho al olvido, en este contexto, se ha convertido en una herramienta que algunas personas involucradas en investigaciones oficiales utilizan para borrar el registro mediático de los hechos. El TC, al aplicarlo sin medir las consecuencias, podría estar abriendo la puerta a que cualquier persona que haya sido procesada y haya librado su caso solicite eliminar las líneas periodísticas que documentaron el suceso. Esto, advierten, privaría a los ciudadanos de acceder a la historia y silenciaría a los medios de comunicación, beneficiando solo a quienes buscan ocultar sus fechorías.

En el periodismo formal, cuando una persona se siente afectada por una posible mala información, recurre a una carta notarial para exigir su derecho a réplica. Si el medio no acepta la misiva, el ciudadano puede acudir al Poder Judicial para que dirima la controversia. Sin embargo, este caso no parece tratarse de una disputa por réplica, sino de una intromisión directa a la libertad de prensa, según interpretan analistas. El fallo del TC, al trastocar la realidad con una decisión desproporcionada, sienta un precedente peligroso: la historia, muchas veces salpicada de entuertos no aclarados, quedaría sujeta a un criterio judicial que puede borrar el pasado.

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