Más de 2,200 internos incresaron en marzo a las cárceles del país. En las cárceles peruanas hay más presos que camas. Según el último censo penitenciario de marzo de este año, de los 65.838 sentenciados que hay en el país, 2.752 personas (4,17%) están condenadas a cadena perpetua. A ellos se suman otros 2.549 individuos (3,87%) que purgan penas de entre 30 y 35 años de prisión. La situación se agrava con el flujo de ingresos: en marzo salieron de las prisiones 1.562 internos, pero ingresaron 2.222. La prisión perpetua está reservada para los delitos más graves, según lo establece el Código Penal. Aunque su naturaleza es de por vida, la ley peruana establece que estas condenas son revisables cuando los reclusos cumplen 35 años de pena efectiva. Es decir, los sentenciados a cadena perpetua no pueden salir en libertad al menos hasta después de 35 años de prisión efectiva, si es que se les concede excepcionalmente la revisión de sus sentencias. Los principales delitos sancionados con la pena máxima incluyen la criminalidad sistemática y organizada. Es aplicable a miembros de organizaciones criminales que utilizan armas de fuego, explosivos o municiones para cometer extorsión, secuestro, sicariato, homicidio calificado o robo agravado. También alcanza a militares y policías vinculados a estas redes. Comprende, además, delitos como violación sexual a menores de 14 años y atentados graves, entre ellos terrorismo, feminicidio agravado y parricidio. Recientemente, el Poder Judicial dictó cadena perpetua contra Hans Saavedra Malca, Julián Reyes Chávez y Jazmín Ramírez Pérez por el secuestro seguido de muerte de la enfermera Nayeli Dávalos Ticlio, de 22 años y madre de un niño pequeño. El plagio ocurrió el 23 de febrero de 2025 en Trujillo, La Libertad. A los 117 días, el 20 de junio, los restos de la joven fueron encontrados en las afueras de Virú con dos balazos en el cráneo. Un año después, los autores recibieron la pena máxima. larepublica.pe

Registro de excarcelados en el país

De los 22.292 reclusos que cumplen de 5 a 10 años de pena (33,85%), otros 16.180 condenados purgan entre 10 y 15 años (24,57%). En el extremo opuesto, 6.457 presos (9,80%) tienen sentencias de menos de 5 años. Estas cifras evidencian la aplicación estricta de la cadena perpetua en el país y la baja probabilidad de que los condenados recuperen la libertad.

Para contrarrestar el hacinamiento masivo en las cárceles, el gobierno del presidente José María Balcázar liberó a 1.562 presos en marzo de este año, según el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe). Sin embargo, la medida probablemente solo será una solución temporal, pues otras 2.222 personas ingresaron a establecimientos donde hay más internos que camas.

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Los distintos tipos de libertad que se aplican en el ámbito judicial y penitenciario benefician a los presos que cumplen determinadas condiciones y solicitaron libertad anticipada. Para ser elegibles, deben haber cumplido las tres quintas partes de su condena, haber demostrado un buen comportamiento y tener fuertes lazos familiares y sociales. Aunque la mayoría de los liberados fueron encarcelados por robo, posesión de drogas y violencia doméstica, al menos un asesino convicto también salió de la cárcel.

En marzo, con estos tipos de excarcelación, se registraron 749 liberados, que representan el 48% de egresos por libertad en todo el país. La población penitenciaria intramuros que egresó ese mes lo hizo por distintas modalidades: por conversión de pena abandonaron los presidios 304 internos; por comparecencia restringida, 168; por pena suspendida en su ejecución, 87; por absolución, 74; y por cumplimiento del plazo de prisión preventiva, 65 internos. Además, por nulidad de sentencia, 35 internos obtuvieron su liberación; por libertad inmediata salieron 11; por revocatoria de pena suspendida, 10; por prescripción de la acción penal, nueve; y por otros tipos de libertad, 50 internos.

En marzo de 2026, el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) reportó el ingreso de 2.222 internos, de los cuales el 80% eran primarios y el 20% reingresantes. De esa cifra, 1.702 (77%) ingresaron en condición de procesados y 520 (23%) como sentenciados. El departamento de Lima concentró el mayor número de nuevos reclusos, con 763, y el establecimiento penitenciario Miguel Castro Castro, en San Juan de Lurigancho, fue el que más recibió: 211 personas con orden de carcelería. Le siguieron el penal de Trujillo (121 internos), el de Ica (104) y el de Piura (103).

Entre los delitos que motivaron estos ingresos, el más frecuente fue el incumplimiento de la obligación alimentaria (18,3%), seguido por robo agravado (8,3%), tráfico ilícito de drogas (7,7%), violación sexual de menor de edad (4,7%) y fabricación, comercialización, uso o porte de armas (4,1%).

En cuanto a las salidas, durante marzo se registraron 471 excarcelaciones por pena cumplida; 180 por pena cumplida con redención; 49 por excarcelación condicional y 49 por semilibertad. Del total de egresados, el 80,3% era primario y el 19,7% tenía dos o más ingresos anteriores. De hecho, se han documentado casos de internos con hasta siete antecedentes penitenciarios a quienes, pese a ello, se les concedió la libertad. El 5% (74 internos) obtuvo su excarcelación por la causal de absolución.

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La situación de hacinamiento es crítica: de los 69 establecimientos penitenciarios del país, 52 están sobrepoblados. Actualmente, 105.156 personas (49%) se encuentran recluidas por mandato de detención judicial, prisión preventiva o sentencia con pena privativa de libertad efectiva. Otras 108.927 (50,8%) deben asistir a los reclusorios para cumplir penas limitativas de derechos, medidas alternativas de internamiento o beneficios penitenciarios como semilibertad o liberación condicional.

larepublica.pe En la concesión de libertades participan dos entidades: el Poder Judicial (52%) y el Inpe (48%), aunque este último solo interviene administrativamente en la formación de los expedientes de beneficios penitenciarios. El Inpe actúa en la ejecución penal, realizando evaluaciones de los internos para proponer al juez el otorgamiento de semilibertad y liberación condicional; también ejecuta las libertades por tiempo cumplido y tiempo cumplido por redención. Por otro lado, 16 personas privadas de libertad fueron reconducidas al sistema penal juvenil especial tras declararse la inconstitucionalidad de la Ley 32330. Esta medida no implica, en ningún caso, la excarcelación de los implicados. En el país hay al menos 400 terroristas en prisión. La población penitenciaria por delitos de terrorismo representa aproximadamente el 0,3% del total de reclusos. Según el Inpe, la cantidad de internos por este delito oscila entre 350 y 400 personas en los 69 penales nacionales. La gran mayoría son acusados de pertenencia a Sendero Luminoso, el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) y el remanente del valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem). Estos reclusos cumplen condenas por terrorismo agravado, apología y afiliación a organizaciones terroristas en los penales de Áncón I y II, Base Naval, Challapalca y Cochamarca (Pasco), según el Inpe. google icon

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