La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) oficializó un cambio de fondo para el sistema financiero peruano al aprobar el nuevo Reglamento para la prestación de servicios bajo el modelo de Banking as a Service (BaaS). Publicada en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución SBS N.° 01747-2026 permite que aplicaciones móviles, cadenas de retail y empresas tecnológicas —denominadas empresas receptoras— se alíen con un banco o caja (empresa proveedora) para comercializar productos financieros directamente en sus plataformas.
De esta manera, cualquier plataforma digital no financiera podrá ofrecer cuentas de ahorro, créditos, billeteras digitales, tarjetas y seguros, eliminando la necesidad de que el usuario acuda a una agencia bancaria tradicional. El nuevo marco regulatorio busca acelerar la inclusión financiera en el país y redefinir la competencia digital, en un cambio histórico que permitirá a empresas de retail y tech integrar servicios bancarios sin ser entidades financieras.
La normativa de la SBS detalla con precisión el alcance y las restricciones del modelo BaaS para evitar riesgos operativos y fraudes informáticos. Entre los servicios autorizados figuran la apertura y cierre de cuentas de ahorros, depósitos a plazo, CTS, emisión de dinero electrónico (billeteras), evaluación y otorgamiento de créditos rápidos, administración de tarjetas de débito y crédito, y venta de bancaseguros masivos.
La Resolución SBS N.° 01747-2026, que entrará en vigencia oficial a los 180 días calendario de su publicación, establece un periodo de transición para que el sistema financiero adapte sus arquitecturas tecnológicas, APIs y contratos comerciales a los nuevos estándares de ciberseguridad. La norma también introduce reglas clave para el ecosistema BaaS: prohibición de subcontratación (las empresas comerciales o tecnológicas que actúen como receptoras no podrán delegar los servicios financieros a terceros), exclusividad operativa (un comercio solo podrá contratar un tipo de servicio específico con un único banco a la vez para evitar duplicidad de marcas financieras en una misma herramienta digital) y uso de marca (las empresas aliadas no podrán utilizar terminología que sugiera que son un banco independiente o regulado por sí mismas).
La SBS ha sido enfática en que el ecosistema BaaS no diluye las responsabilidades legales. La entidad financiera proveedora mantiene el 100% de la responsabilidad regulatoria, de protección al consumidor y de prevención del lavado de activos frente al supervisor y al usuario final. Asimismo, la norma aclara que quedan totalmente excluidas de este reglamento las operaciones de cajeros corresponsales, las pasarelas de pago tradicionales y las billeteras digitales que solo sirvan como canales de comunicación de tarjetas de crédito preexistentes.
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