Para Indecopi, la marca es un signo que permite distinguir el origen, el material, el modo de fabricación u otras características comunes de los bienes y servicios pertenecientes a empresas diferentes, utilizados bajo el control del titular. Este proceso no solo salvaguarda los activos intelectuales de las compañías, sino que también potencia su crecimiento en el mercado tanto nacional como internacional. Por ello, registrar la marca de un emprendimiento no es un trámite menor, sino una decisión estratégica.
Magaly Varela, socia en Rebaza, Alcázar & De Las Casas, explica el procedimiento para registrar una marca ante Indecopi. El primer paso consiste en identificar el tipo de marca y el producto o servicio que se comercializará con ella. Es importante determinar la marca a registrarse, precisando los elementos que la componen: la palabra que incorporará, tipografía, elementos gráficos, entre otros.
Luego, será necesario definir cuál es el producto o servicio que se pretende identificar con la marca. Para ello, se utiliza la Clasificación de Niza, una clasificación internacional de productos y servicios que se aplica al registro de marcas. Esta clasificación consta de una lista de clases: los productos se clasifican en las clases 1 a 34, mientras que los servicios se clasifican en las clases 35 a 45. Cada clase abarca una categoría específica de productos o servicios.
Una vez identificada la marca y sus clases, se procede con el segundo paso: la búsqueda de antecedentes. Esta búsqueda permite determinar si la marca ha sido previamente inscrita o si existe alguna similitud que pudiera generar un riesgo de confusión con otra marca ya registrada para los mismos productos o servicios, o para productos o servicios vinculados o complementarios. Existen dos tipos de búsquedas: la fonética, que ofrece un listado de marcas u otros signos distintivos que son fonéticamente iguales o similares a la propuesta; y la figurativa, que ofrece un listado de marcas u otros signos distintivos que son gráficamente iguales o similares a la propuesta.
El proceso de registro de marca ante Indecopi continúa con el paso 3: la presentación de la Solicitud de Registro de Marca. Antes de llegar a esa etapa, es clave realizar búsquedas previas para evitar conflictos. Si la marca es solo denominativa, se puede hacer una búsqueda fonética gratuita en el portal web “Busca tu Marca”, disponible en la plataforma electrónica de Indecopi. En cambio, si la marca es mixta, se recomienda una búsqueda figurativa presencial en las oficinas de Indecopi, cuyo costo varía según las clases en las que se realice.
En caso de que exista una marca idéntica o con características muy similares que puedan generar confusión, se recomienda modificar la marca para asegurar el registro. De no haber coincidencias ni similitudes, se procede con el registro. Para ello, se debe llenar un formulario con requisitos mínimos: datos de identificación del solicitante o su representante, indicación de la marca a registrar, expresión de los productos o servicios para los que se solicita el registro, comprobante de pago de la tasa respectiva y, en caso de representar a una persona jurídica, un poder simple.
La tasa de registro depende de las clases seleccionadas. Si la marca se registra en una sola clase, el costo es de S/ 534.99; por cada clase adicional, se suman S/ 533.30. Una vez presentada la solicitud, Indecopi verifica en un plazo de 15 días hábiles si cumple con otros requisitos formales, como el poder o la firma. Si falta algún documento, se otorgan 60 días hábiles para subsanarlo.
Una vez que la solicitud supera los requisitos formales, el Indecopi realiza una publicación automática y sin costo en la Gaceta Electrónica de Propiedad Industrial. A partir de esa fecha, cualquier persona con legítimo interés tiene un plazo de 30 días hábiles para presentar, por una sola vez, una oposición fundamentada al registro. Si se formula oposición, el expediente pasa a la Comisión de Signos Distintivos, que emitirá una resolución.
Si no hay oposición, el Indecopi inicia el examen de registrabilidad. En esta etapa se evalúa si la marca solicitada es similar a otro signo ya registrado o en trámite. Para ello se consideran varios criterios: la apreciación sucesiva de los signos, priorizando el conjunto y las semejanzas sobre las diferencias; el grado de percepción del consumidor medio; la naturaleza de los productos o servicios y su forma de comercialización; el carácter arbitrario o de fantasía del signo, así como su uso, publicidad y reputación en el mercado; y si el signo forma parte de una familia de marcas.
Tras el examen, se dicta una resolución que puede aprobar o denegar el registro. Si se concede, se emite el certificado correspondiente. En caso de denegatoria, el solicitante puede impugnar la resolución dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación.
El plazo legal máximo para registrar una marca es de 180 días hábiles. No obstante, según el Indecopi, si no se presentan oposiciones ni observaciones, el trámite promedio se completa en aproximadamente 45 días hábiles. Una vez otorgado, el registro protege la marca por 10 años, con posibilidad de renovación.
Jonathan Rafael García Enríquez, Director del Departamento de Propiedad Intelectual en Marvilla García Valdez, advierte que la falta de registro de marca expone a los negocios a conflictos legales. “El acto de registrar una marca no solo es un paso legal, sino una medida esencial de protección ante posibles conflictos”, afirmó. El especialista señala que es frecuente encontrar empresas que no registraron su marca y luego descubren que ya fue inscrita por terceros, lo que “puede complicar sus operaciones y crecimiento”.
La protección que otorga el registro es temporal, de 10 años, pero puede renovarse indefinidamente, garantizando una salvaguarda perpetua bajo la legislación vigente. Sin embargo, García Enríquez alerta sobre el riesgo de perder la titularidad de una marca conocida si no se renueva a tiempo, situación que abre la puerta a registros oportunistas. “No estamos hablando de un robo en el sentido tradicional, pero la falta de registro puede llevar a situaciones donde otros pueden registrar legalmente una marca que ya se ha estado usando”, explicó.
El abogado también menciona la posibilidad de cancelar el registro de una marca que no se utiliza, lo que permitiría que otra persona o empresa pueda registrar una nueva con ese nombre. Así, la ausencia de registro formal no solo deja desprotegido al negocio original, sino que facilita que competidores o terceros se adelanten legalmente, complicando el crecimiento y la continuidad de las operaciones comerciales.
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