La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi confirmó una sanción contra el colegio Steve School E.I.R.L., ubicado en Cajamarca, por vulnerar los derechos de los padres de familia. La institución fue multada con 1,5 UIT, equivalentes a S/ 8.250, tras comprobarse que incurrió en múltiples infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Según la RESOLUCIÓN 1850-2026/SPC-INDECOPI, el plantel educativo trasladó indebidamente costos operativos a las familias al incluir en la lista de útiles escolares materiales de uso exclusivo del docente, como plumones, y artículos de limpieza como papel higiénico. Además, restringió la libertad de elección de los padres al exigir marcas específicas de útiles y la compra obligatoria de uniformes en el propio colegio.
El organismo regulador enfatizó que el costo de los materiales destinados a la gestión docente y al mantenimiento del mobiliario debe ser asumido íntegramente por el plantel, y no puede formar parte de los requerimientos que se entregan a las familias al inicio del año académico. Esta medida se suma a las acciones de fiscalización que realiza el Indecopi para combatir los abusos en los centros educativos particulares del país, protegiendo la economía de los hogares peruanos.
La autoridad administrativa determinó que el colegio infringió el artículo 73 del Código de Protección y Defensa del Consumidor al exigir materiales como papel higiénico y plumones para pizarra acrílica, los cuales no guardan relación con el aprendizaje del estudiante y corresponden a la operatividad administrativa del local. Además, se configuró una falta grave al no garantizar la inclusión educativa: la institución omitió reservar dos vacantes por aula para alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad leve o moderada, contraviniendo las normas sectoriales. La Sala desestimó los descargos de la entidad educativa, que intentó justificar la imposición de marcas específicas como "Arti Creativo" o "Stabilo" alegando errores de impresión. El Tribunal fue enfático al señalar que, independientemente de la intención, estas listas entregadas a los padres sin aclaración previa constituyen una infracción al derecho de elección. Asimismo, se confirmó el direccionamiento indebido en la compra de uniformes, ya que la directora condicionó a los usuarios a adquirir las prendas únicamente dentro del establecimiento, sin ofrecer opciones alternativas en el mercado. De esta forma, el colegio de Cajamarca fue multado con S/ 8.250 por estas prácticas que vulneran los derechos de los consumidores.Indecopi impuso una sanción total de 1,5 UIT (S/ 8.250) y una amonestación a un colegio en Cajamarca por cuatro infracciones específicas. La falta relacionada a las marcas de útiles fue castigada solo con un llamado de atención formal, mientras que las otras tres recibieron multas de S/ 2.750 (0,50 UIT) cada una. Una de ellas fue por solicitar materiales ajenos al servicio educativo, como plumones para pizarra y papel higiénico de uso general. Otra, por obligar a los padres a comprar los uniformes escolares únicamente en el establecimiento. La tercera infracción consistió en no reservar el número de vacantes exigidas por ley para estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad leve o moderada. La amonestación, por su parte, se debió a que el colegio direccionó la compra de útiles de marcas determinadas sin brindar alternativas al consumidor.
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