Lizandro José Arellano Quintana (24), chofer de transporte público, falleció en San Juan de Miraflores tras recibir un impacto de bala durante una intervención policial. El suboficial PNP de primera Alex Oblitas Chambi es señalado como el autor del disparo, ocurrido cuando el conductor intentó huir del operativo al no portar la versión física de sus documentos.

La Policía justifica la acción del agente argumentando que usó su arma reglamentaria en defensa propia, luego de ser agredido por el chofer y la cobradora, e incluso impactado por la unidad durante la fuga. Sin embargo, la familia de la víctima denuncia una respuesta desproporcionada y exige una investigación para esclarecer lo sucedido.

Este nuevo caso de violencia policial reabre el debate sobre el uso excesivo de la fuerza en las intervenciones, en un contexto marcado por la reciente aprobación de una ley que establece que los presuntos delitos cometidos por policías y militares en el ejercicio de sus funciones sean juzgados en tribunales castrenses, y no en la justicia civil. Especialistas advierten que esta medida podría profundizar la sensación de impunidad que ya rodea a este tipo de hechos.

El abogado penalista Rolando Bazán señaló que un policía solo puede usar su arma de fuego cuando existe peligro inminente para él o terceros. En el caso del chofer de cúster fallecido en San Juan de Miraflores, las pruebas que se recojan deberán comprobar si se cumplió esa condición o si hubo excesos. Como parte del proceso, tendrá que verificarse si el vehículo de transporte público podría ser considerado como un arma potencial que puso en riesgo la integridad de peatones, pasajeros o del propio agente. Para Bazán, este hecho es distinto a la intervención policial que se dio tras el asalto armado a un cambista en el Centro de Lima, el pasado 22 de junio. En ese caso, se vio a un policía perseguir sin disparar a Walter Trujillo Ramírez (30), uno de los presuntos delincuentes que intentó huir con un arma en la mano. En su opinión, en ese escenario con un hombre armado, sí se evidenció un peligro inminente para terceros y el propio policía, por lo que este pudo haber resguardado su vida y su salud utilizando su arma reglamentaria. No obstante, en la situación del chofer, no observó preliminarmente un riesgo de esta magnitud. “Ahí el punto de inflexión es que él no tenía un arma, potencialmente no generaba un peligro”, dijo. Sin embargo, precisó que las investigaciones determinarán el peligro que representó el vehículo en la acción.

“No veo que haya existido peligro para la vida de un policía o un tercero”, afirmó el exviceministro del Interior, Ricardo Valdés, al referirse a la intervención al chofer. Sin embargo, consideró que en el caso del robo al cambista el uso del arma policial hubiera estado justificado. La muerte del conductor se suma a otros recientes episodios de presunto abuso policial: el fallecimiento de un menor de 17 años bajo custodia en la comisaría de Manchay (Pachacámac); la denuncia de un abogado en Puno que aseguró haber sido agredido por agentes cuando acudió a interponer una denuncia; y en Moquegua, un danzante de tijeras que habría sido reducido con violencia excesiva al intentar ser retirado de la vía pública.

Estos hechos ocurren días después de que el Congreso aprobara, en segunda votación, una ley para que los presuntos delitos cometidos por policías y militares durante el ejercicio de sus funciones sean juzgados en tribunales castrenses y no civiles. La iniciativa podría ser promulgada u observada por el presidente de la República o, en su defecto, aprobada por insistencia por el Parlamento. Según Valdés, bajo la aplicación de esa norma, el caso del chofer tendría que ser investigado por el fuero policial, lo que se repetiría con otras situaciones similares, como la muerte del menor en la dependencia policial de Manchay. “Hay una sensación de impunidad, de decir ‘a mí me van a sancionar otros policías y entenderán que actué de acuerdo a la percepción del riesgo’”, afirmó.

El abogado Bazán señaló que la medida “debería ser cuestionada”, pues, aunque busca definir el ejercicio de la función policial y militar, su expansión podría generar que “un bien jurídico individual, como la vida y la salud, tenga que ser vinculado a un fuero de justicia militar o policial, cuando lo que corresponde es la vía común u ordinaria, es decir, con los jueces del Poder Judicial”. Para Bazán, este es un posible efecto negativo de la norma, que reabre el debate sobre la ley procrimen en medio de casos recientes de violencia policial, como la muerte de un chofer en San Juan de Miraflores.

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