El presidente José María Balcázar se presentó este martes ante el Segundo Juzgado Unipersonal de Chiclayo, donde su defensa solicitó el archivo del proceso civil en su contra por presunta apropiación ilícita durante su gestión en el Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque (ICAL). El juez Juan Cubas Bravo evaluó el recurso que busca dejar sin efecto la reparación económica exigida a favor de los afectados.
El abogado del mandatario, Víctor Pariona, argumentó que los plazos legales para reclamar la indemnización ya expiraron y apeló a la "avanzada edad" de su cliente, de 83 años, así como a la inmunidad presidencial. Según Pariona, la ley reduce a la mitad los plazos procesales para personas mayores de esa edad, por lo que el tiempo límite para exigir la reparación económica venció el pasado 12 de junio de 2026. "El caso debe ser archivado de inmediato", sostuvo.
La defensa recordó que en junio de 2025 ya se archivó la parte penal del caso, por lo que Balcázar ya no enfrenta riesgo de cárcel. Sin embargo, la Fiscalía rechazó el pedido de archivo y señaló que el proceso civil sigue vigente. Durante la audiencia, el juez Cubas Bravo deberá resolver si acoge o no los argumentos de la defensa, que también invocó la inmunidad que le otorga el cargo presidencial.
La fiscal Bianca Baique, de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Penal de Chiclayo, se opuso a las solicitudes de la defensa y pidió al magistrado Juan Cubas Bravo que el juicio continúe. La representante del Ministerio Público explicó que el plazo de dos años para la reparación económica inició a mediados de junio de 2025, cuando quedó firme el archivo penal, por lo que vencerá recién en junio de 2027. Además, aclaró que el beneficio de reducir los plazos por ser adulto mayor solo aplica en caso de persecución penal y de la cárcel, pero no funciona en el ámbito civil para evitar el pago de daños y perjuicios. “Hay que tener claro que en el código civil peruano no existe ninguna norma que autorice la reducción de los plazos por la edad del procesado. Cuando la reparación civil se discute dentro de un proceso penal, mantiene su naturaleza civil y su plazo de prescripción. Como ya lo ha establecido la jurisprudencia y el propio Código Civil, este plazo es de dos años; por lo tanto, no corresponde reducir ese tiempo a la mitad”, sostuvo.
Previamente, la defensa de José María Balcázar, a cargo de Pariona, había solicitado el archivo del caso por presunta apropiación ilícita. En caso de no aceptarse el archivo, pidió suspender todo el proceso invocando la inmunidad presidencial. “Mi patrocinado quien ostenta actualmente el cargo de presidente de la República no puede ser acusado, no puede ser procesado, no puede ser sometido a ningún juicio oral mientras ejerza el cargo”, argumentó.
La fiscal Baique aclaró que “estamos ante un tema civil y no lo contempla la constitución ni norma legal alguna”, al referirse al pedido de suspender el juicio por el cargo de José María Balcázar. Precisó que la inmunidad presidencial evita que un mandatario sea acusado por delitos penales, pero no lo libra de responder ante demandas de tipo económico. No obstante, sugirió que si el juez considera que seguir el proceso “podría dañar en algo el mandato presidencial”, se aplique una "suspensión del plazo de prescripción" para evitar que corran los días a favor del acusado. Tras escuchar los alegatos de ambas partes, el juez Juan Cubas Bravo decidió no emitir un fallo inmediato e informó que se notificaría la resolución a las casillas electrónicas de la Fiscalía, de la defensa legal y del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque (ICAL) en los próximos días.
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