La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) oficializó una nueva resolución que extiende a todos los contribuyentes inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) la obligación de registrar y validar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil. La medida, aprobada mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000121-2026/SUNAT, entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Hasta ahora, este requisito recaía principalmente sobre los contribuyentes con rentas de tercera categoría. Con la nueva norma, la obligación se extiende a todas las personas y entidades que deban inscribirse en el RUC. La SUNAT busca fortalecer la comunicación con los usuarios y reforzar la seguridad de los trámites virtuales.
Según la entidad, la validación del correo electrónico y del teléfono móvil será un requisito previo para generar el código de usuario y la Clave SOL. Para ello, los contribuyentes deberán realizar el proceso a través de SUNAT Virtual o SUNAT Operaciones en Línea, donde la administración tributaria enviará códigos de verificación que deberán ser ingresados para confirmar que los datos son correctos.
La resolución establece un régimen transitorio para quienes ya estaban inscritos en el RUC antes de la entrada en vigencia de la norma. Aquellos que aún no hayan registrado su correo electrónico y número de teléfono móvil deberán comunicar esa información a la SUNAT hasta el 31 de agosto de 2026.
Además, la entidad modificó el Reglamento de Comprobantes de Pago para establecer que quienes soliciten autorización para imprimir comprobantes deberán haber comunicado y validado previamente ambos datos de contacto en el RUC. La SUNAT también podrá solicitar la validación de estos datos en cualquier momento, con el fin de mantener actualizada la información registrada.
La entidad señala que esta medida permitirá mejorar la calidad de la información del registro y optimizar la comunicación con los contribuyentes.
Como parte del fortalecimiento de la seguridad de sus servicios digitales, la resolución faculta a la SUNAT a implementar las medidas de seguridad que considere necesarias para verificar la identidad de los usuarios que accedan a SUNAT Operaciones en Línea. En esa línea, la validación del correo electrónico y del teléfono móvil será un requisito previo para generar el código de usuario y la Clave SOL.
La norma también incorpora dos nuevos formularios virtuales que simplificarán el cambio del tipo de contribuyente mediante un solo trámite en línea. Se trata de "Quiero abrir un negocio", dirigido a trabajadores independientes que inician actividades empresariales, y "Quiero iniciar actividades como trabajador independiente", orientado a personas naturales con negocio que dejan de desarrollar actividades empresariales. Con estos formularios será posible realizar de manera conjunta el cambio de tipo de contribuyente, actualizar información del RUC, modificar tributos asociados y, cuando corresponda, dar de baja comprobantes de pago impresos que no hayan sido utilizados.
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