La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) oficializó nuevas obligaciones para los inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC): deberán registrar y validar su correo electrónico y número de teléfono celular como datos de contacto. La medida, que forma parte de un conjunto de cambios para impulsar los trámites por canales virtuales, busca agilizar las notificaciones electrónicas, reforzar la identificación de los contribuyentes y mejorar la atención de los procedimientos tributarios.
Las disposiciones fueron publicadas mediante la Resolución de Superintendencia N.° 121-2026/SUNAT, que también incorpora nuevos formularios virtuales para facilitar el cambio del tipo de contribuyente sin necesidad de acudir a un Centro de Servicios. Según la entidad, más de 11 millones de contribuyentes deberán actualizar o confirmar su información de contacto para cumplir con lo dispuesto.
¿Quiénes deberán registrar o actualizar su correo y celular en el RUC?
La Sunat dispuso que todos los contribuyentes con RUC activo deberán registrar o actualizar su correo electrónico y número de teléfono celular antes del 31 de julio de 2026, según la nueva resolución. La obligación aplica tanto para quienes ya están inscritos como para quienes se inscriban por primera vez; estos últimos deberán validar ambos datos como parte del proceso de registro. La administración tributaria señaló que la medida busca optimizar el envío de comunicaciones sobre obligaciones tributarias, avisos y otros servicios, además de fortalecer la interacción digital con los contribuyentes. Para cumplir, los usuarios deben ingresar a los canales habilitados por la Sunat y confirmar o actualizar la información requerida.
¿Qué otros cambios incorpora la SUNAT para los contribuyentes?
La resolución también introduce mecanismos para simplificar trámites vinculados al RUC. A partir de ahora, las personas naturales podrán cambiar su tipo de contribuyente de forma completamente virtual a través de SUNAT Virtual, eliminando la necesidad de acudir presencialmente. Este cambio se suma a la actualización obligatoria de datos de contacto, que tiene como fecha límite el 31 de julio de 2026.
Para facilitar la transición de persona natural sin negocio a persona natural con negocio, la Sunat habilitó el Formulario Virtual N.° 3130-1 "Quiero abrir un negocio". Este documento está diseñado para quienes desean iniciar actividades empresariales. Por otro lado, los contribuyentes que ya desarrollan actividades empresariales y quieren pasar a la condición de trabajadores independientes pueden emplear el nuevo Formulario Virtual N.° 3130-2 "Quiero iniciar actividades como trabajador independiente", el cual permite desafectarse de los tributos por rentas empresariales y registrar actividades de Cuarta Categoría. La entidad señaló que estos formularios digitales reemplazan trámites que antes requerían una visita presencial a los Centros de Servicios al Contribuyente. Con esta medida, se busca reducir los tiempos de atención, evitar desplazamientos y disminuir el uso de documentos físicos.
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