Con 412.450 votos emitidos en los distritos de Cercado de Lima, Breña y Jesús María, el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 proclamó este sábado los resultados descentralizados de la segunda vuelta presidencial. Durante una audiencia pública realizada en la sede del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), se dio a conocer que Fuerza Popular obtuvo 261.325 sufragios (63,35 %), mientras que Juntos por el Perú alcanzó 125.127 votos (30,33 %).
La proclamación se concretó luego de que las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) de Breña, Lima Centro 2 y Lima Centro 3 remitieran los reportes con el 100 % de las actas contabilizadas, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Elecciones. El consolidado del proceso registra 386.452 votos válidos, 24.325 votos nulos y 1.673 votos en blanco.
El JEE Lima Centro 1 informó que el padrón electoral estuvo conformado por 534.388 ciudadanos habilitados para sufragar, de los cuales 412.450 acudieron a las urnas en esta segunda vuelta presidencial. El acta oficial leída durante la audiencia detalló las cifras de cada agrupación política.
Durante la audiencia pública, el Jurado Especial Electoral (JEE) de Lima Centro 1 informó que los personeros legales de Fuerza Popular y Juntos por el Perú no asistieron al acto de proclamación, a pesar de haber sido notificados, por lo que no se presentaron observaciones. En esta jurisdicción funcionaron 1.816 mesas de sufragio: 1.030 en el Cercado de Lima, 431 en Jesús María y 355 en Breña. Del total de actas procesadas, 1.755 fueron contabilizadas de manera regular y 61 presentaron observaciones. De estas últimas, 48 se resolvieron mediante cotejo y 13 pasaron por un recuento de votos, sin que se registraran actas anuladas por resolución.
El JEE también emitió 66 resoluciones sobre apelaciones relacionadas con decisiones de las mesas respecto a cédulas de votación, y otras 61 vinculadas con actas observadas. Asimismo, se recordó que se resolvió un pedido de nulidad parcial de mesa presentado por Juntos por el Perú, declarado improcedente mediante la Resolución N.° 4201, y que el Jurado Nacional de Elecciones declaró infundada la apelación con la Resolución N.° 1416. No se presentaron solicitudes de nulidad total de la votación ni apelaciones sobre actas observadas.

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