La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi analizó una controversia que surgió por una ordenanza municipal que prohibía realizar shows musicales en vivo y presentaciones de DJ en restaurantes, cevicherías, pizzerías y negocios similares sin una autorización previa. La denuncia sostenía que la comuna había excedido sus atribuciones al considerar que dichas actividades no podían desarrollarse como simultáneas y adicionales al giro principal del negocio.
En ese contexto surge una pregunta: ¿hasta dónde llegan las facultades de los gobiernos locales y en qué momento podrían invadir competencias asignadas, por ley, a otra entidad? Esa fue la controversia que analizó recientemente el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) en una resolución que aborda los límites de la actuación de las municipalidades respecto de establecimientos con licencia de funcionamiento.
Al revisar el caso, la Sala determinó quién tenía competencia para decidir qué actividades pueden desarrollarse de manera simultánea y adicional dentro de un establecimiento con licencia de funcionamiento. Tras examinar la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, concluyó que esa facultad corresponde expresamente al Ministerio de la Producción (Produce) y no a las municipalidades distritales. Con ese criterio, la Sala declaró ilegal la restricción impuesta por la municipalidad al considerar que el gobierno local no podía atribuirse una competencia reservada a Produce.
La controversia no giró en torno a si los restaurantes pueden ofrecer shows musicales, sino en definir qué entidad tiene la competencia para autorizar o prohibir esas actividades, según explicó Gustavo Rodríguez García, socio del estudio Rodríguez García Asesoría Legal. Mientras la municipalidad argumentaba que podía regularlas por tratarse de establecimientos en su jurisdicción, la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento asigna esa facultad al Ministerio de la Producción (Produce). Jesús Espinoza, exdirector del Indecopi y socio del estudio Muñiz, señaló que la resolución reafirma el principio de legalidad al recordar que las entidades públicas solo pueden ejercer las competencias que la ley les atribuye. Por ello, consideró que una municipalidad no puede imponer restricciones sobre una materia cuya regulación ha sido reservada por el legislador a otra entidad del Estado. No obstante, el Indecopi precisó que la decisión no implica una autorización automática para realizar shows en cualquier establecimiento. Los negocios deberán seguir cumpliendo las disposiciones previstas en la legislación nacional, y las municipalidades conservan sus facultades de supervisión y fiscalización dentro del marco de sus competencias. Rodríguez García aclaró que el fallo no significa que cualquier restaurante pueda realizar shows musicales sin cumplir requisitos. La resolución únicamente determina que las municipalidades no pueden decidir de forma unilateral qué actividades califican como simultáneas y adicionales ni imponer restricciones sustentadas en esa interpretación.
Espinoza coincidió en que la decisión no elimina las facultades de supervisión y fiscalización de los gobiernos locales, sino que delimita su ámbito de actuación. Las municipalidades mantienen las competencias que les reconoce la legislación, pero no pueden extenderlas hacia materias reservadas a Produce, según señaló.
Para ambos especialistas, el principal efecto práctico de la resolución será brindar mayor seguridad jurídica a los establecimientos que desarrollan actividades complementarias a su giro principal. Rodríguez García sostuvo que la lógica aplicada por el Indecopi podría extenderse a otros casos en los que se discuta si una entidad pública asumió competencias que la ley reservó a otra autoridad.
En la misma línea, Espinoza indicó que el criterio permitirá que empresas y administrados tengan mayor claridad sobre qué pueden exigir las municipalidades y qué materias corresponden a otras entidades del Estado. Esto ayudará a reducir la incertidumbre cuando surjan controversias similares, añadió.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.
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