El exalcalde de Lima busca regresar a la municipalidad capitalina como regidor tras rechazar el cargo de senador. Foto: Composición/LR Rafael López Aliaga busca retornar a la Municipalidad de Lima en las Elecciones Regionales y Municipales 2026, esta vez como regidor. Su partido, Renovación Popular, presentó el 25 de enero sus descargos ante el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro, luego de que este declarara inadmisible su candidatura por haber sido elegido y proclamado senador por el JNE. En el documento, la agrupación recordó que el pasado 19 de junio, López Aliaga comunicó formalmente al JNE su desistimiento del cargo de senador. Tres días después, envió una carta a la Oficialía Mayor del Congreso donde señaló que no juramentará ni asumirá esa función. Según Renovación Popular, ambas comunicaciones descartan cualquier incompatibilidad material o jurídica que afecte su postulación. La respuesta del partido se produjo después de que el JEE le exigiera aclarar con medios probatorios la situación jurídica del exalcalde. Renovación Popular sostiene que la Ley de Elecciones Municipales "en ninguno de sus extremos contempla como impedimento el hecho de haber sido elegido congresista o senador en las Elecciones Generales 2026" para postular al cargo de regidor. La agrupación argumenta que la norma no impide postular a quienes sean senadores electos, siempre que no ejerzan el cargo. Por su parte, el presidente del JNE declaró que será responsabilidad de López Aliaga si juramenta o no como regidor, dejando en sus manos la decisión final. El exburgomaestre, que ya gobernó Lima, busca así regresar al municipio capitalino tras rechazar el escaño en el Senado.

El partido Renovación Popular sostiene que, según la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), una persona que postuló en las elecciones generales sí puede hacerlo en los comicios regionales y municipales en un mismo año, y que el impedimento para postular de ciertos funcionarios o autoridades solo rige cuando están ejerciendo funciones. En esa línea, el escrito presentado ante el JEE señala que "la condición de senador electo, por sí sola, no constituye impedimento legal para postular a un cargo municipal". Además, precisa que "la condición de senador electo no equivale automáticamente a la condición de senador en ejercicio", ya que, según el artículo 13 del reglamento del Congreso, para ser senador se deben presentar una serie de actos posteriores a la elección, así como documentos, declaraciones y requisitos que su líder aún no ha cumplido.

El documento añade que "pretender que la sola proclamación como senador electo genera una prohibición sobrevenida para participar en las ERM 2026 implicaría incorporar una restricción inexistente en el ordenamiento jurídico".

En paralelo, Rafael López Aliaga envió una carta al Congreso en la que ratifica su decisión irrevocable de no asumir como senador. En el escrito, el líder de Renovación Popular señala que el pasado 19 de junio formalizó ante el JNE su declinación al cargo. Recordó que, tal como expresó en esa comunicación, su determinación de no asumir el escaño no implica renunciar a sus deberes con el país ni con los ciudadanos que respaldaron a su partido en las urnas. Por el contrario, sostuvo que se trata de una "forma distinta de ejercer el liderazgo y la representación que me corresponde".

López Aliaga insistió en que su negativa a incorporarse al Senado es definitiva y que no modificará esa postura. Adelantó que no presentará la documentación exigida para la ceremonia de juramentación, pues considera que hacerlo carece de sentido al no asumir el cargo. Entre esos requisitos está la entrega de información personal y declaraciones juradas previstas en el artículo 13 del Reglamento del Congreso, norma que establece que quienes no cumplan no podrán prestar juramento ni ejercer como senadores.

El líder de Renovación Popular precisó que no tiene impedimento legal o material para cumplir con ese trámite, pero argumentó que, al haber decidido no integrar el Senado, continuar con la acreditación resultaría innecesario, pues conduciría a una juramentación que, según afirmó, nunca se llevará a cabo. Por ello, solicitó al Congreso comunicar formalmente su decisión al JNE para que convoque al candidato accesitario de su partido que deba reemplazarlo.

Como sustento de su pedido, recordó el precedente de Fabiola Morales Castillo, quien fue elegida regidora de la Municipalidad Metropolitana de Lima para el periodo 2015-2018, pero comunicó oportunamente que no juramentaría ni asumiría el cargo. Según relató, tras esa decisión, la Secretaría General de la Municipalidad informó el caso al JNE, entidad que dejó sin efecto la credencial otorgada a Morales y convocó al siguiente candidato de la misma organización política para ocupar el puesto vacante.

El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Roberto Burneo, se pronunció sobre el caso de Rafael López Aliaga antes de la entrega de credenciales a los senadores electos. Burneo aclaró que la función del organismo electoral se limita a otorgar las credenciales a quienes fueron elegidos en las urnas y que será el propio candidato quien decida si presta juramento o no al cargo. “El JNE proclama resultados que son el reflejo de la voluntad popular. No hay otra forma de verlo. Nosotros vamos a emitir credenciales de todos los que han sido proclamados. Ya cada persona verá si juramenta o no ante el Congreso”, declaró.

El titular del JNE añadió que, a partir de la determinación de López Aliaga, corresponderá al Congreso evaluar las acciones que procedan dentro de sus atribuciones. Precisó que es el Parlamento el que debe solicitar al JNE la emisión de las credenciales del candidato que deba reemplazar al legislador electo que no asuma el cargo.

Previamente, López Aliaga había destacado que existe un precedente en el que se resolvió a su favor, pese a que la Constitución establece que el cargo de regidor, al igual que el de congresista, es irrenunciable. El líder de Renovación Popular presentó sus descargos ante el Jurado Electoral Especial (JEE) para aferrarse a su candidatura como regidor de Lima.

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