
La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), a través de su Gerencia de Movilidad Urbana, informó que circular con vehículos menores motorizados en las ciclovías de la capital es una infracción muy grave, sancionada con una multa de S/660. Esta conducta está tipificada como la infracción M43, establecida en el Decreto Supremo N.° 016-2009-MTC, modificado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Además de la sanción económica, la falta implica la acumulación de 50 puntos en el récord del conductor.
La comuna precisó que la multa equivale al 12% de una UIT, lo que actualmente representa S/660. Esta medida forma parte del régimen de tránsito que busca ordenar el uso de las vías exclusivas para bicicletas y otros vehículos no motorizados. Según la normativa vigente, la infracción se aplica cuando no se respeta el derecho preferente de paso del ciclista o del conductor de vehículos de movilidad personal (VMP), lo que incluye el uso indebido de ciclovías por unidades motorizadas.
La MML busca proteger el derecho de paso de ciclistas y vehículos de movilidad personal, sancionando conforme al Decreto Supremo N.° 016-2009-MTC. La sanción económica busca desincentivar la circulación de motos eléctricas, trimotos y otros vehículos motorizados en espacios diseñados exclusivamente para bicicletas y peatones.

La autoridad municipal señaló que la infracción M43, pese a no incluir medidas preventivas, es considerada de alta gravedad en el sistema de fiscalización vial. La sanción económica asciende a S/660, según lo anunciado por la MML.

Infracción muy grave y sanción económica. Foto: captura LR
En paralelo, la Policía Nacional del Perú (PNP), mediante la Dirección de Tránsito, informó que desde el 2 de agosto de 2026 aplicará sanciones a conductores de motocicletas eléctricas que usen ciclovías. La medida fue anunciada durante el inicio de una campaña de orientación en Miraflores, que durará 45 días en las jurisdicciones de Lima norte, centro y sur. Tras ese periodo, la PNP comenzará a imponer las multas.
La institución precisó que las motocicletas eléctricas pertenecen a la categoría vehicular L, por lo que deben circular por la pista y no por ciclovías, espacios reservados exclusivamente para bicicletas y vehículos de movilidad personal como los scooters. Además, advirtió que estas unidades deben contar con placa de rodaje, Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), licencia de conducir y el equipamiento de seguridad correspondiente.
Leer artículo completo en larepublica.pe →
Comentarios 3
Súmate a la conversación
Tu comentario es anónimo, pero para evitar bots necesitamos que te registres. Es gratis y toma 30 segundos.
Crear cuenta para comentar Ya tengo cuenta