El Gobierno prorrogó por 60 días, a partir del 28 de junio, el estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, con el objetivo de enfrentar la criminalidad y otras manifestaciones de violencia. La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N° 096-2026-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.
Durante esta prórroga, la Policía Nacional mantendrá el control del orden interno con el respaldo de las Fuerzas Armadas en las zonas de intervención determinadas sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas y mapas del delito. Además, se mantiene la restricción o suspensión de derechos constitucionales como la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito por el territorio nacional, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales.
Para la realización de actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se requerirá un permiso correspondiente. En cambio, las actividades que no sean masivas podrán realizarse sin esa autorización. El decreto supremo lleva la rúbrica del presidente José María Balcázar, del jefe del Gabinete Ministerial, Luis Arroyo, y de los ministros de Defensa, Economía y Finanzas, Interior, Justicia y Derechos Humanos, y Transportes y Comunicaciones.
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