Gonzalo Pérez, CEO de Apuesta Total, cuestionó la aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a las apuestas online en Perú, que regirá desde el 1 de enero de 2025. El ejecutivo sostuvo que este nuevo tributo, fijado en 1% por cada jugada, carece de argumento técnico y genera “una situación muy complicada”.

Según detalló, la situación se complicó desde el 14 de diciembre, cuando el Ministerio de Economía y Finanzas publicó los decretos supremos que reglamentan el impuesto al juego online. La norma establece un tributo del 12% sobre el ingreso neto (GGR) de las casas de apuestas –que se aplicará mensualmente– y un ISC del 1% por cada apuesta realizada. Ambos gravámenes entrarán en vigencia el primer día calendario del mes siguiente a su publicación, es decir, el 1 de enero de 2025.

Pérez señaló que el impuesto del 12% no representa “mayor inconveniente”, pero advirtió que el ISC sí genera un escenario complejo. “Para poder aplicarlo al momento que se genera la apuesta y poder trasladarlo al jugador, se necesita modificar componentes críticos de la plataforma”, explicó. El directivo alertó que, tras esos cambios, “habrá que certificar ante los laboratorios y homologar ante Mincetur nuevamente, plazo que estimamos no será menor a ocho meses”.

El ejecutivo remarcó que, si la empresa modifica la plataforma y la opera sin certificar ni homologar, se expone a “multas altísimas e incluso la cancelación de la autorización”. En ese contexto, destacó que la industria opera con plataformas de apuestas autorizadas (homologadas) por el Estado, lo que busca garantizar la integridad de los juegos y la protección al jugador.

Si la plataforma recibe una apuesta de S/100, deberá constatar que el saldo de la billetera del usuario sea de S/101 y descontar ese monto en dos partidas separadas: una por la apuesta y otra por el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). De no aplicarse esa modificación y el operador asumir el tributo, advirtió que el sector online peruano quedaría “frente a un escenario confiscatorio”. Sostuvo que el 1% del monto apostado equivale al 20% del GGR, y al sumarle el 12% del impuesto, se totalizaría un 32% de impuestos. “Ello haría inviable la operación y no se tomaría en cuenta la sentencia 009-2001 del Tribunal Constitucional, donde declaró que una tasa del 20% era confiscatoria”, remarcó.

Para los empresarios del rubro, esta situación fue originada por el propio Estado al carecer de un sustento técnico en la aplicación del ISC. Señalaron que la medida obligaría a las plataformas a incurrir en incumplimientos, ya sea frente a la Sunat, como ente recaudador, o ante el Mincetur, como ente regulador. Finalmente, estimó que gravar lo apostado resulta antitécnico y, en consecuencia, favorece el traslado “hacia el juego ilegal, con lo cual no habrá recaudación”.

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