La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ratificó la sanción impuesta a Fuerza Popular por haber destinado recursos del financiamiento público directo a fines no permitidos por la Ley de Organizaciones Políticas. A través de la Resolución Jefatural-PAS N.° 000028-2026-JN/ONPE, emitida el 22 de junio, el organismo electoral declaró infundado el recurso de reconsideración que la agrupación política había presentado contra una primera decisión del pasado 5 de mayo.

La sanción incluye una multa de 36 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/198 mil, y la pérdida del 50 % del financiamiento público directo correspondiente a la asignación semestral vigente cuando la resolución adquiera la condición de cosa decidida. Desde Fuerza Popular señalaron a RPP que el caso está siendo impugnado y que será el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) quien se pronuncie en última instancia administrativa. "Lamentamos que el personal de la ONPE no conozca lo que regula la ley peruana en la materia. Cabe señalar que esta no será la primera vez que el JNE o incluso el Poder Judicial le enmienden la plana a este ente administrativo", indicaron.

En su recurso de reconsideración, Fuerza Popular solicitó que se revoque la sanción y que la ONPE reconozca como válidos los gastos observados. La agrupación cuestionó el procedimiento seguido por el organismo electoral y defendió que las actividades y pagos efectuados sí podían financiarse con recursos públicos. En primer lugar, sostuvo que la ONPE utilizó información obtenida de una página web sin haberla comunicado previamente durante el procedimiento. El partido calificó esos elementos como una “prueba oculta” o “prueba clandestina” y alegó que su incorporación le generó indefensión y vulneró su derecho a contradecir las pruebas utilizadas en su contra. Según la agrupación, esta actuación constituía una causal para declarar la nulidad del procedimiento sancionador.

Sobre la actividad denominada “Capacitación, conferencias e intercambio académico en el Estado de California, Estados Unidos”, Fuerza Popular rechazó que se tratara solamente de visitas institucionales. “No se trató de ‘meras visitas protocolares’, sino de un formato moderno de transferencia de conocimientos de vanguardia e intercambio académico”, sostuvo la agrupación en su recurso, según la resolución. El partido argumentó que una capacitación no necesariamente debe desarrollarse mediante un curso tradicional, con una estructura curricular, docentes identificados y certificación. En su posición, las visitas a empresas tecnológicas e instituciones estadounidenses permitieron conocer experiencias útiles para el diseño de políticas públicas sobre innovación, gobierno digital, acceso a internet e inteligencia artificial.

ONPE rechaza recurso de Fuerza Popular y mantiene sanción por uso indebido de financiamiento público

En su defensa, Fuerza Popular argumentó que cada organización política debe determinar los conocimientos que requieren sus cuadros, y que la ONPE no puede convertirse en un “filtro” para decidir qué contenidos académicos son “útiles o no”. Según el partido, ello supondría un riesgo de “dirigismo estatal y censura indirecta”. En el documento presentado, señalaron: “La OP es quien determina qué conocimientos, experiencias o competencias globales requieren sus cuadros para gobernar el país o legislar eficientemente, si determina que para solucionar la brecha digital, implementar un gobierno electrónico o legislar sobre inteligencia artificial sus cuadros deben conocer in situ el funcionamiento de corporaciones tecnológicas líderes y el funcionamiento del Capitolio de California, la ONPE no puede interferir en su decisión”.

Respecto a la actividad “The Leader’s Fellowship”, Fuerza Popular sostuvo que se trató de una experiencia de capacitación integral en ética, liderazgo, salud, educación, derechos humanos y libertad de conciencia, materias que, según el partido, deben conocer quienes aspiren a ejercer funciones públicas. La agrupación rechazó que el componente espiritual o religioso impidiera considerarla una capacitación política, y alegó que descalificarla porque sus organizadores y participantes profesaban una fe constituía “un acto de discriminación indirecta y un sesgo ideológico”.

En cuanto a la maestría en Gestión Pública, Fuerza Popular cuestionó que la ONPE observara su financiamiento porque el programa terminaría después del quinquenio para el cual se entregaron los recursos. El partido diferenció el momento del gasto de la fecha en que culminaría la prestación educativa, y sostuvo que la ley exige que el dinero se utilice dentro del quinquenio, pero no establece que el programa académico deba terminar durante ese periodo. Además, afirmaron que restringir la contratación de programas cuya ejecución se prolongue más allá del quinquenio impediría acceder a maestrías o especializaciones durante los últimos años del periodo: “La tesis de la ONPE inviabiliza la gestión partidaria sobre: contratos de naturaleza compleja, debido a que las maestrías o programas de alta especialización son de tracto sucesivo y ejecución diferida, pretender que solo se contraten si terminan antes de que expire el quinquenio impediría la matrícula en los últimos años”, se señala en el documento.

Resolución de la ONPE sobre el caso Fuerza Popular

ONPE descarta que se hayan utilizado pruebas ocultas

Frente al argumento de Fuerza Popular de que se habían empleado pruebas que no conocía, la ONPE sostuvo que las referencias a las páginas web y a los documentos de las instituciones responsables de las actividades ya habían sido incorporadas en actuaciones administrativas notificadas previamente al partido. Según la entidad, Fuerza Popular recibió el informe de actuaciones previas, la resolución que inició el procedimiento y el informe final de instrucción.

La ONPE rechazó el recurso de Fuerza Popular y ratificó la sanción por uso indebido de financiamiento público directo. En su resolución, el organismo electoral fue contundente: “No hubo ninguna ‘prueba oculta’ o ‘prueba clandestina’”. Añadió que el partido conocía de antemano los elementos empleados en el procedimiento, por lo que “no hubo indefensión” y se garantizó su derecho de defensa.

Como fundamento general, la ONPE recordó que el financiamiento público directo proviene de recursos del Estado y, por tanto, debe destinarse exclusivamente a los fines que establece la Ley de Organizaciones Políticas y su reglamento. Si bien reconoció que los partidos tienen autonomía para elegir sus actividades, precisó que esa libertad no autoriza a financiar cualquier iniciativa con dinero público. La resolución señala que, si una organización desea mayor libertad para escoger sus actividades “sin mayor intervención por parte del Estado”, puede optar por el financiamiento privado.

Actividad en California

Respecto a la actividad “Capacitación, conferencias e intercambio académico en el Estado de California, Estados Unidos”, la ONPE aclaró que no exigía un formato tradicional de capacitación —con aulas, docentes o una estructura curricular determinada—. El cuestionamiento central era que la actividad no cumplía los parámetros legales de una capacitación técnica destinada a preparar ciudadanos para funciones públicas. Además, Fuerza Popular no presentó documentos que acreditaran los contenidos técnicos impartidos, los resultados académicos obtenidos ni su aplicación concreta.

“En ese sentido, no se entiende como visitas protocolares a entidades sostendrán de forma técnica a un cuadro político; estando demostrado que gran parte de la actividad analizada constaba de visitas protocolares, es decir, se utilizó recursos públicos para esas visitas sin que en sí mismas formen técnicamente a un cuadro político para que asuma un cargo o esté preparado en civismo y democracia. Este es el hecho objetivo, independientemente de que, al parecer de la OP, si hay una contribución técnica al visitar y observar la modernidad de otras realidades”, afirmó la ONPE. El informe elaborado por el partido contenía afirmaciones sobre el aprendizaje obtenido, pero carecía de pruebas o indicadores que acreditaran el carácter académico de la actividad. “Visitar lugares no es suficiente para capacitar a la OP de acuerdo a los parámetros normativos”, concluyó la ONPE.

Maestría en Gestión Pública

En el caso de la maestría en Gestión Pública, la ONPE rechazó que el uso del financiamiento público se agotara con el pago efectuado en 2024. Según la información proporcionada por la universidad, el programa comenzó el 11 de noviembre de 2024 y culminará el 20 de febrero de 2027. La entidad sostuvo que el financiamiento público directo debe utilizarse durante el quinquenio por el que el partido recibió esos recursos, que en este caso concluye en 2026. La ONPE interpretó que financiar una capacitación no supone únicamente pagarla, sino que también requiere que el servicio se ejecute íntegramente dentro del periodo autorizado.

La resolución de la ONPE señala que “no es posible su agotamiento sin más con el mero pago y sin la ejecución total o íntegra —hasta la culminación del servicio— o desarrollo de la actividad”. Tras evaluar los cuestionamientos presentados, la entidad determinó que Fuerza Popular no aportó elementos que desvirtuaran el uso de los recursos para fines distintos a los permitidos. “Lo sostenido por la organización política en su recurso de reconsideración carece de fuerza argumentativa suficiente, así como de elementos de prueba, para revertir la decisión”, concluyó la ONPE. En consecuencia, declaró infundado el recurso y mantuvo la sanción: una multa de 36 UIT y la pérdida del 50% de una asignación semestral del financiamiento público directo. El organismo electoral dejó claro que el pago de la multa no implica el agotamiento de la obligación si no se completa la ejecución del servicio o la actividad. La organización política no logró revertir la decisión con su recurso de reconsideración.

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