El Gobierno promulgó la Ley Nro. 32577, aprobada por el Congreso, que autoriza la entrega de un bono mensual de S/ 1,130 a los licenciados veteranos de guerra contra el terrorismo. La medida, oficializada en El Peruano, beneficiará a quienes hayan sido reconocidos por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas hasta el 31 de diciembre de 2024. No obstante, se estableció un plazo máximo de 120 días hábiles para resolver las solicitudes pendientes que fueron presentadas antes de esa fecha.

Para acceder al beneficio, los veteranos debieron haber prestado servicio militar entre 1980 y 2000, periodo del conflicto armado interno, y también haber participado en acciones pacificadoras. Además, no deben poseer antecedentes penales ni deudas alimentarias. La norma precisa que el bono no tiene carácter remunerativo ni pensionable, es vitalicio, intransferible y no está sujeto a cargas sociales.

De acuerdo con el cuadro de priorización, el bono se otorgará por grupos según la edad y condición de los beneficiarios. El Grupo 1 incluye a licenciados veteranos de la pacificación nacional mayores de 60 años y aquellos con discapacidad permanente. El Grupo 2 abarca a los veteranos de 55 a 59 años; el Grupo 3, de 50 a 54 años; el Grupo 4, de 45 a 49 años; y el Grupo 5, de 40 a 44 años.

Los beneficiarios podrán presentar su solicitud desde la entrada en vigencia de la ley hasta el 31 de julio de 2027. En tanto, el registro total en el sistema estatal deberá completarse como máximo hasta el 31 de julio de 2028.

Bono excepcional a favor de los licenciados veteranos de la pacificación nacional. Foto: Andina

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