El Jurado Especial Electoral (JEE) de Lima Centro declaró inadmisible la lista de Renovación Popular para la elección de alcalde y regidores de la Municipalidad Provincial de Lima. La organización política tiene un plazo de dos días para subsanar las observaciones, entre las que destaca aclarar la situación jurídica actual de Rafael López Aliaga, quien fue proclamado senador electo por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en las Elecciones Generales 2026. La observación se encuentra en el apartado sobre requisitos e impedimentos para acceder a cargos de elección popular. El JEE señala que es de público conocimiento que el exalcalde de Lima fue proclamado como senador electo y que ha expresado su renuncia a dicho cargo. Para verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad y descartar eventuales impedimentos previstos en la normativa electoral vigente, el JEE solicita al partido informar y acreditar documentadamente la situación jurídica actual de López Aliaga, adjuntando la documentación sustentatoria pertinente. El mismo requerimiento se le hizo a Guillermo Valdivieso Méndez, quien también fue proclamado por el JNE como parlamentario andino electo en los mismos comicios. En su caso, se ha difundido información sobre una presunta renuncia o desistimiento a dicho cargo, por lo que también deberá aclarar su situación jurídica. JEE declara inadmisible lista de Renovación Popular por elección de López Aliaga como senador

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro otorgó un plazo de dos días calendario a Renovación Popular para que subsane las observaciones detectadas en la lista de candidatos al Senado, encabezada por Rafael López Aliaga. En el documento, se señala que “corresponde declarar inadmisible la solicitud de inscripción y otorgar a la organización política el plazo de dos días calendario para subsanar las observaciones advertidas, bajo apercibimiento de declararse la improcedencia de la solicitud en caso de incumplimiento”.

Una de las principales observaciones apunta a que 12 postulantes no cumplen con el requisito de haber nacido en la provincia de Lima ni adjuntaron documentación con fecha cierta que acredite haber domiciliado en la circunscripción electoral durante los dos años continuos previos a la fecha límite para la presentación de la solicitud de inscripción. El JEE les exige presentar documentos que certifiquen esa residencia continua.

En cuanto a la situación de López Aliaga, el JEE indicó: “En tal sentido, a efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad y la inexistencia de eventuales impedimentos previstos en la normativa electoral vigente, corresponde que la organización política informe y acredite documentadamente la situación jurídica actual del referido candidato respecto de dicha proclamación, adjuntando la documentación sustentatorio pertinente”.

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