La I Sala Constitucional de Lima declaró improcedente la medida cautelar presentada por la expresidenta Dina Boluarte, con la que buscaba suspender los efectos de su vacancia por incapacidad moral permanente mientras se evalúa su demanda de amparo.
La defensa legal de Boluarte argumentó que la destitución, aprobada por el Congreso a las 00:07 horas del 10 de octubre de 2025 con 122 votos a favor, sin abstenciones ni votos en contra, vulneró derechos fundamentales como el debido proceso en sede parlamentaria, el derecho de defensa, la igualdad, el honor y la buena reputación. Además, sostuvo que el procedimiento le fue comunicado con solo una hora de anticipación.
Pese a estos argumentos, la sala concluyó que deben ser evaluados con mayor profundidad en el proceso principal y advirtió que conceder la medida cautelar implicaría afectar directamente los efectos de la decisión adoptada por el Congreso. De esta forma, el Poder Judicial rechazó el pedido de la exmandataria para suspender su vacancia por incapacidad moral permanente.
Comentarios 0
Súmate a la conversación
Tu comentario es anónimo, pero para evitar bots necesitamos que te registres. Es gratis y toma 30 segundos.
Crear cuenta para comentar Ya tengo cuenta