La I Sala Constitucional de Lima declaró improcedente la medida cautelar presentada por la defensa legal de la expresidenta Dina Boluarte para suspender los efectos de su vacancia por incapacidad moral permanente, mientras se resuelve su demanda de amparo que busca anular la decisión del Congreso de la República.
La votación que apartó a Boluarte del cargo se produjo a las 00:07 horas del 10 de octubre del 2025, con un resultado unánime: 122 votos a favor, cero abstenciones y cero en contra. La defensa de la exmandataria sostiene que este proceso vulnera derechos fundamentales como el debido proceso en sede parlamentaria, el derecho de defensa, la igualdad, el honor y la buena reputación, y denuncia que la notificación de la vacancia se realizó con solo una hora de anticipación.
Pese a estos argumentos, la I Sala Constitucional de Lima consideró que los planteamientos de los abogados de Boluarte requieren un análisis más profundo y que, de otorgarse la medida cautelar, se afectaría directamente los efectos de la decisión del Poder Legislativo. Por ello, el tribunal descartó el pedido de suspensión mientras dure el proceso judicial.
La expresidenta Dina Boluarte fue vacada por incapacidad moral permanente por el Congreso de la República, una decisión que su defensa legal busca revertir mediante una demanda de amparo. La medida cautelar rechazada buscaba, precisamente, suspender los efectos de esa vacancia hasta que se resuelva el fondo del caso.
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