El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundados los recursos presentados por el partido Juntos por el Perú que solicitaban la nulidad masiva de mesas de votación en Lima y en Estados Unidos. La decisión fue adoptada durante la audiencia pública realizada el viernes 19 de junio, en el marco de la segunda elección presidencial de 2026, y fue informada mediante un comunicado difundido esa misma noche.

Según el JNE, los expedientes fueron evaluados por el máximo órgano electoral antes de emitir el sentido de la votación correspondiente. Además, otras 27 apelaciones vinculadas a actas electorales observadas también fueron declaradas infundadas. Una apelación que permanecía pendiente de votación quedó resuelta, y otro expediente fue dejado sin efecto tras la revisión realizada en días previos.

En tanto, una apelación relacionada con un acta electoral observada en Europa fue declarada fundada en parte, de acuerdo con el resultado de la votación adoptado por el Pleno. El JNE señaló que las resoluciones que contienen los fundamentos de cada decisión serán publicadas en los próximos días. Dichos pronunciamientos tendrán carácter definitivo al haber sido emitidos por la máxima instancia de justicia electoral.

El Pleno del JNE declaró infundadas las apelaciones que buscaban la nulidad masiva de mesas de votación en Lima y el extranjero. Foto: JNE.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), liderado por el magistrado Roberto Burneo, convocó a una audiencia pública virtual para revisar los recursos de apelación presentados tras la segunda vuelta presidencial. En la sesión fueron citados los personeros legales de Juntos por el Perú y Fuerza Popular. Durante el encuentro, los magistrados analizaron dos pedidos del partido de izquierda: el primero buscaba anular los resultados de 1,751 mesas de sufragio en diversos distritos de Lima, y el segundo solicitaba la nulidad de los votos emitidos en 647 mesas instaladas en Estados Unidos. La entidad remarcó que la audiencia fue transmitida en vivo por sus plataformas digitales y el canal institucional, en línea con los principios de transparencia del proceso electoral. El Pleno sostuvo que las decisiones fueron adoptadas con imparcialidad y en estricto cumplimiento del marco legal vigente, declarando infundadas ambas apelaciones.

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