La semana pasada, el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) actualizó su cobertura de S/ 116,700 a S/ 117,200, un monto que regirá entre marzo y mayo de este año. Este valor se ajusta cada tres meses y protege por persona y por entidad financiera. En el caso de las cuentas mancomunadas, como las que abren dos esposos, la cobertura también aplica, pero con reglas específicas.

Supongamos que una pareja, M y V, tiene una cuenta de ahorros mancomunada por S/ 100,000. Además, M posee una cuenta individual en el mismo banco por otros S/ 100,000. Si la entidad es intervenida, el monto de la cuenta conjunta se divide por igual entre ambos: S/ 50,000 para cada uno. De esta forma, V recibiría la totalidad de sus S/ 50,000, ya que está por debajo del techo de S/ 117,200. En cambio, a M se le suman los S/ 100,000 de su cuenta individual más los S/ 50,000 de la mancomunada, totalizando S/ 150,000. Como esa cifra supera el límite, el FSD solo le pagará hasta S/ 117,200. La diferencia de S/ 32,800 podría recuperarse, en parte o totalmente, conforme se liquiden los activos de la institución intervenida.

El FSD cubre por persona y por entidad. (Foto: Andina)

“Entre los dos cónyuges van a poder tener S/ 234,000 cubiertos”, señaló Ronald Casana, representante del Colegio de Economistas de Lima. El especialista recomendó diversificar los ahorros: por ejemplo, abrir una cuenta en un banco y un depósito a plazo fijo en una caja municipal, ya que la cobertura no solo es por ahorrista sino también por entidad. Además, sugirió evaluar la situación financiera de cualquier institución antes de confiarle los depósitos.

El monto máximo de cobertura del FSD es S/ 117,200 | Foto: Andina

Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.

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