En ninguna parte de estos lineamientos se señala que la autoridad local posea la facultad de crear el padrón electoral para las elecciones generales. 

Contrario a lo que se ha difundido, la autoridad de un centro poblado no tiene la facultad de elaborar el padrón electoral para las elecciones generales de 2026. Así lo establecen los lineamientos oficiales, en los que no se menciona en ningún apartado que dicha autoridad local pueda crear el registro de votantes. La desinformación ha circulado en redes sociales, pero el documento normativo es claro al respecto: la elaboración del padrón es una función exclusiva de la autoridad electoral correspondiente, no de las autoridades comunales o de centros poblados. Cualquier afirmación que sugiera lo contrario es falsa y carece de sustento legal. La ciudadanía debe estar alerta ante este tipo de contenidos engañosos que buscan generar confusión sobre el proceso electoral. La transparencia del padrón es clave para la legitimidad de los comicios, y su manejo está estrictamente regulado por la ley.

Leer artículo completo en ojo-publico.com →