La segunda vuelta presidencial en Colombia, que enfrentará a Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda el 21 de junio, contará con la ley seca como una de las principales medidas de seguridad. A través de decretos del Ministerio del Interior y las administraciones territoriales, el Gobierno nacional y las autoridades locales establecieron restricciones especiales para garantizar el orden público y el desarrollo normal de la jornada electoral.
En Bogotá y gran parte del país, la venta y el consumo de bebidas alcohólicas estarán limitados en determinados espacios. Además, las disposiciones incluyen controles de seguridad, posibles toques de queda en algunas zonas y restricciones vinculadas a actividades políticas. Los horarios de la medida serán más amplios en la capital para preservar el orden durante los comicios.
La ley seca en Colombia regirá con horarios específicos que las autoridades detallarán para cada localidad, con el objetivo de facilitar el desarrollo de la votación y evitar incidentes. Las restricciones forman parte de un paquete de seguridad más amplio que busca garantizar la tranquilidad de los ciudadanos en esta segunda vuelta presidencial.
La ley seca en Bogotá regirá desde la medianoche del viernes 19 de junio hasta las 12:00 del mediodía del lunes 22 de junio, según confirmó la Alcaldía. Esto implica que la restricción en la capital comenzará antes que en el resto del país, donde el Decreto 0612 establece la prohibición de expendio y consumo de licor desde las 6.00 p. m. del sábado 20 de junio hasta las 12:00 del mediodía del lunes 22 de junio. La medida nacional busca garantizar la tranquilidad durante las elecciones presidenciales en Colombia.
El alcalde Carlos Fernando Galán explicó que la ampliación del horario en Bogotá responde a recomendaciones de resguardo. “Estamos facultados por la ley para ampliar el horario de la ley seca cuando así lo recomiende el Consejo de Seguridad. Eso ocurrió en Bogotá y por eso la medida empieza a regir desde la medianoche del próximo viernes”, señaló el mandatario. El decreto también faculta a alcaldes y gobernadores a extender el período de restricción si existen riesgos para el orden público, así como a adoptar medidas complementarias como un toque de queda, bajo recomendación de los Consejos de Seguridad o Comités de Orden Público.
Las autoridades distritales informaron que la Policía Nacional realizará operativos de inspección, vigilancia y control en las 20 localidades para verificar el cumplimiento de la ley seca, medida sustentada en el Decreto 191 de 2026 y en las facultades otorgadas por el Gobierno central. Las restricciones electorales contemplan sanciones contra ciudadanos y establecimientos que incumplan la normativa, aplicando la prohibición en espacios públicos, bares, discotecas, supermercados, tiendas y demás negocios autorizados para comercializar bebidas embriagantes. Según el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, las multas por ley seca pueden oscilar entre cuatro y 32 salarios mínimos diarios legales vigentes. Para 2026, esto representa montos que van desde $233.454 hasta $1.867.632, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además de las sanciones económicas, los establecimientos podrían enfrentar cierres temporales o medidas administrativas impuestas por las autoridades competentes.
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