El abogado y exministro de Justicia Salvador Heresi afirmó en sus redes sociales que la intención de Rafael López Aliaga de postular como primer regidor de Lima es “ilegal e inconstitucional”, debido a que fue electo senador. Heresi sostiene que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) no tiene un fundamento válido para que un accesitario asuma el escaño en lugar de López Aliaga, y que la institución debe respetar la voluntad popular de quienes lo eligieron.

“Sostener que un senador proclamado puede simplemente rechazar su incorporación para que asuma el accesitario equivaldría a admitir que la voluntad personal del elegido prevalece sobre la voluntad soberana del electorado, lo que resulta incompatible con los principios democráticos”, explicó Heresi. En esa línea, el exministro recordó que la proclamación de un senador electo genera una realidad jurídica sustentada en la voluntad popular. “El cargo de Senador no le pertenece a RLA sino a la representación política otorgada por el electorado conforme a la Constitución”, mencionó.

Salvador Heresi: "Aspiración de López Aliaga a ser regidor de Lima es ilegal e inconstitucional"

Para Heresi, el JNE debe hacer respetar la decisión de los electores que votaron por López Aliaga como senador. La postulación a la regiduría limeña, según el abogado, choca con los principios democráticos al intentar que la voluntad personal del elegido prevalezca sobre la soberanía del electorado. El debate surge luego de que López Aliaga decidiera no asumir su curul en el Senado, lo que, según Heresi, no puede resolverse simplemente con la designación de un accesitario.

El exministro Salvador Heresi sostiene que “siendo su cargo de senador irrenunciable no puede postular como regidor o alcalde”. En esa línea, advierte que “una vez producida la proclamación, el senador electo no puede crear por decisión unilateral o capricho, una causal de no incorporación que la Constitución y el Reglamento del Congreso no contemplan”. Heresi explica que el reemplazo por el accesitario solo procede en los supuestos previstos por el Reglamento del Congreso. Por ello, “nadie puede invocar una causal inexistente para alterar la representación surgida del voto popular”. Agrega que “la Constitución y la Ley no pueden ser interpretadas para crear excepciones que no se establecen en su texto. La ley señala la incorporación del proclamado y no reconoce ningún derecho a declinar en favor del accesitario”. Si López Aliaga insistiera en postular a la regiduría, Heresi asegura que “cualquier ciudadano podría usar los mecanismos constitucionales correspondientes para exigir el cumplimiento del mandato legal y preservar la integridad de la representación política emanada de las urnas”.

Leer artículo completo en larepublica.pe →