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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) revisará de oficio las actas de proclamación de resultados emitidas por los 91 Jurados Electorales Especiales (JEE) del país./ Video: Canal NAlejandro Rospigliosi saludó la decisión del Jurado Electoral Especial de Huancayo de no entregar la credencial de alcalde a un candidato que, según su interpretación, estaría impedido de asumir un nuevo periodo por la prohibición de reelección inmediata. En ese caso, indicó, la credencial fue otorgada al regidor que seguía en la lista
CTPorChristian Torres Tutiven »El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) revisará de oficio las actas de proclamación de resultados emitidas por los 91 Jurados Electorales Especiales (JEE) del país.
Sobre esta medida, el abogado constitucionalista y experto en derecho electoral Alejandro Rospigliosi sostuvo en Canal N que permitirá uniformizar criterios y verificar que la entrega de credenciales a las autoridades electas respete las disposiciones constitucionales sobre la reelección inmediata.
Durante la entrevista, Rospigliosi consideró que la decisión del máximo organismo electoral es positiva para la democracia, pues permitirá revisar las proclamaciones realizadas por los órganos electorales especiales.
“Me parece saludable para la democracia que el Jurado Nacional de Elecciones, como supremo tribunal electoral, decida que todas las actas de proclamación de los 91 jurados electorales especiales (...) van a ser revisadas en última y segunda instancia por ellos”, manifestó.
El especialista señaló que esta revisión no sería una práctica habitual y la relacionó con los casos de autoridades municipales que buscan continuar en el cargo mediante su participación en las listas electorales.
Rospigliosi sostuvo que, si el candidato que encabeza una lista municipal tiene una incompatibilidad constitucional por haber sido elegido alcalde en 2022, no debería recibir la credencial para un nuevo periodo.
“Si es que el que encabece esa lista tiene una incompatibilidad constitucional, porque fue elegido como alcalde en 2022, pues no le puede entregar a él; le entregará al ciudadano regidor que sigue en la lista”, explicó.
En esa línea, precisó que, según su interpretación, la organización política que obtuvo el resultado electoral conservaría su representación, pero la credencial de alcalde correspondería al integrante de la lista que no tenga el impedimento constitucional.
Revisión de actas no abriría nuevos plazos de impugnación, según abogado
Consultado sobre la posibilidad de que la revisión de oficio genere impugnaciones fuera de plazo o retrase la proclamación de resultados, Rospigliosi indicó que las organizaciones políticas mantienen los mecanismos de apelación previstos en el procedimiento electoral.
Explicó que, si una agrupación discrepa de la entrega de credenciales realizada por un Jurado Electoral Especial, dispone de tres días para presentar una apelación. El recurso es elevado al JNE, que resuelve en última instancia.
El abogado también señaló que la revisión de oficio ya puede desarrollarse en los casos en los que algunos JEE han emitido sus actas de proclamación y entregado credenciales.
Abogado destaca decisión del JEE de Huancayo
Durante la entrevista, Rospigliosi saludó la decisión del Jurado Electoral Especial de Huancayo de no entregar la credencial de alcalde a un candidato que, según su interpretación, estaría impedido de asumir un nuevo periodo por la prohibición de reelección inmediata. En ese caso, indicó, la credencial fue otorgada al regidor que seguía en la lista.
El especialista consideró que este antecedente podría tener implicancias en otros procesos municipales, incluido el de Lima, y sostuvo que el JNE debería aplicar criterios que garanticen la alternancia en el poder.
Asimismo, afirmó que este año se han registrado más de 130 casos a nivel nacional de autoridades que, según su evaluación, habrían competido en condiciones de ventaja por encontrarse en el ejercicio del cargo de alcalde.
Finalmente, Rospigliosi pidió que el JNE tome en cuenta los argumentos constitucionales expuestos durante el debate sobre la reelección inmediata y adopte criterios que, a su juicio, protejan la alternancia democrática.
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