SociedadGobierno prorroga estado de emergencia en cinco penales de alta peligrosidad por 60 días: conoce las restricciones

La medida comprende los establecimientos penitenciarios de Challapalca, Cochamarca, Miguel Castro Castro, Ancón I y Trujillo Varones; la Policía Nacional mantendrá el control del orden interno con apoyo de las Fuerzas Armadas.

Las restricciones incluyen la suspensión de derechos como la libertad de tránsito y reunión en un radio de 200 metros alrededor de los establecimientos.Foto: AndinaPor Valeria TossoMartes 03 de Noviembre del 2026 · 09:53hgoogle iconLa República en Google

El Gobierno prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia en cinco establecimientos penitenciarios de alta peligrosidad a nivel nacional, debido a la persistencia de la perturbación de la paz y el orden interno. La medida permite que la Policía Nacional del Perú (PNP), con apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA), mantenga el control del orden interno dentro y alrededor de estos centros.

La disposición figura en el Decreto Supremo N.° 148-2026-PCM, publicado este martes 3 de noviembre en el diario oficial El Peruano. La prórroga comprende los penales de Challapalca, Cochamarca, Miguel Castro Castro, Ancón I y Trujillo Varones.

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¿Qué restricciones establece el estado de emergencia en los penales?

Durante los 60 días de prórroga, la norma restringe o suspende el ejercicio de los derechos constitucionales a la libertad de tránsito, reunión y seguridad personales para quienes ingresen a los establecimientos penitenciarios o circulen por su perímetro exterior, hasta un radio de 200 metros desde sus límites.

En ese espacio, la Policía Nacional mantiene el control del orden interno con apoyo de las Fuerzas Armadas. La intervención también comprende la protección del perímetro de los penales y de sus áreas de intangibilidad.

El decreto precisa que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) conserva la administración y custodia de los establecimientos. Por su parte, la PNP y las FFAA deberán realizar operativos permanentes para garantizar la seguridad de los centros penitenciarios y sus zonas aledañas.

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¿Qué operativos podrán realizar la PNP y las Fuerzas Armadas?

El decreto establece cuatro tipos de intervenciones conjuntas:

  • Protección del perímetro: seguridad y control de las áreas de intangibilidad y del espacio exterior hasta un radio de 200 metros. La protección puede incluir el espacio aéreo y el espectro electromagnético inmediato.
  • Control de accesos: supervisión del ingreso de todas las personas a los establecimientos penitenciarios.
  • Incautación de objetos prohibidos: operativos permanentes para decomisar tarjetas SIM (chips telefónicos), celulares, armas blancas y otros artículos prohibidos, en coordinación con el Grupo de Operaciones Especiales (GOES) del INPE.
  • Acciones de inteligencia: medidas para prevenir fugas, alteraciones del orden y actividades delictivas dentro de los penales.

La norma también dispone que la actuación conjunta de la Policía y las Fuerzas Armadas respete los principios de legalidad, unidad de acción, necesidad, proporcionalidad y respeto a los derechos fundamentales. Para ello, ambas instituciones deberán coordinar protocolos comunes sobre el control de acceso y el ingreso al perímetro de seguridad.

  • INPE
  • estado de emergencia

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