A pocos días de la segunda vuelta presidencial, el abogado Martín D’azevedo aclara las principales dudas de los electores sobre la instalación de mesas, las funciones de los personeros, las restricciones durante la votación, el uso de lapiceros y la vigencia de la ley seca.
El domingo 7 de junio los peruanos volveremos a las urnas para elegir al próximo presidente de la República. Keiko Fujimori (Fuerza Popular) y Roberto Sánchez (Juntos por el Perú) son los dos candidatos que se enfrentarán en la segunda vuelta electoral, buscando llegar a Palacio.
La primera vuelta estuvo marcada por una serie de irregularidades debido a los retrasos en la distribución del material electoral en varios puntos de Lima, lo que ha generado dudas en la población. En esa línea, el abogado Martín D’azevedo, experto en gestión pública, hizo un llamado a la ciudadanía a mantener la calma si es que su mesa de votación no se apertura a la 7:00 a.m.
En diálogo con Encendidos de RPP, el especialista indicó que la legislación peruana prevé que las mesas sufragio puedan ser habilitadas hasta las 12 p.m. del día de los comicios.
“No hay que desesperarse, la consulta popular […] arrancará a las 7 de la mañana y terminará a las 5 de la tarde. […] Hasta el mediodía inclusive que no nos cunda el pánico, como decía el Chavo, de que esto no se va a abrir, ya no voy a poder votar. La legislación prevé que hasta el mediodía puede abrirse tu mesa sin ningún inconveniente y sin considerar ello una irregularidad”, indicó.
¿Qué hacer si mi mesa de votación no se habilita hasta las 12 p.m.?
Martín D’azevedo señaló que si las mesas de sufragio no se habilitan hasta las 12 p.m. o se atestigua alguna irregularidad, los ciudadanos deberán buscar al jefe del local de votación para informarle sobre lo sucedido.
“El jefe del local es un funcionario de la ONPE de alto rango. […] Él es la máxima autoridad que representa en esos momentos a la ONPE. Ante las denuncias, ante las incidencias, ante cualquier tipo de retraso que uno pueda ver de buena fe o que uno pueda ver que está causado por circunstancias, digamos malévolas, en una sola palabra para que nos entiendan, perversas; él es la persona a llamar a solucionar el tema de acuerdo a cómo decanta la ley”, explicó.
El papel de los personeros
Sobre los personeros, el especialista afirmó que estos desempeñan un papel de “fiscalizador del proceso”; sin embargo, precisó que estos no pueden vestir los colores de su partido mientras realizan sus funciones.
Respecto a la toma de fotografías por parte de los personeros, el abogado indicó: “sí puede tomar del principio del acta de instalación una fotografía completa o escanearla […], lo mismo al final de la votación”.
¿Desde cuándo hasta qué fecha está vigente la ley seca?
El experto en gestión pública informó que la ley seca para el proceso electoral regirá desde las 8 de la mañana del sábado 6 de junio y precisó que la medida consiste en la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas.
“La ley seca [está vigente] desde las ocho de la mañana del sábado 6 hasta las ocho de la mañana del lunes 8; es decir, la prohibición de expendio de licor, pero no la prohibición de que dentro de los hogares beban [o] tomen”, concluyó.
¿Puedes tomar fotografías o filmar mientras votas?
Martín D’azevedo precisó que los electores tienen prohibido tomar fotografías o grabar la cédula de sufragio, desde el momento en que la reciben hasta que la depositan en el ánfora, ya que ello podría afectar la libertad del voto y constituye una conducta sancionada.
“El elector, por ejemplo, no puede llevar una cámara. De hecho, llevamos nuestro celular, de hecho, tiene cámara, pero lo que no podemos hacer es fotografiar desde que nos entregan la cédula hasta que se devuelve dentro del ánfora de votación. No podemos tomar ni siquiera dentro […] una fotografía sobre la forma como hemos votado, porque eso, manipular eso de esa manera es inducir a la voluntad y al cambio del voto, cosa que está prohibido y también sancionado”, detalló.
¿Tengo que llevar mi propio lapicero?
El especialista aclaró que los electores no están obligados a llevar su propio lapicero para votar. Además, indicó que el presidente de mesa puede solicitar que se utilice únicamente el lapicero proporcionado en el local de votación, generalmente de tinta azul, para garantizar una correcta identificación de las marcas en las actas y documentos electorales.
“No hay la obligación de llevar lapicero. Es más, si uno lleva lapicero, el presidente, que es la autoridad de la mesa de votación, te puede decir que no, que no lo uses, que lo guardes, porque o bien es color negro y cuando se fotocopie, copias que van a querer algunos del acta de votación, no se va a poder distinguir, por eso es que nos dan un lapicero siempre de color azul”, apuntó.
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