El Tribunal Constitucional ordenó la reincorporación de Víctor Rodríguez Monteza como fiscal supremo titular al declarar nula la destitución que le impuso la anterior Junta Nacional de Justicia en 2021.
El Tribunal Constitucional ordenó la reincorporación de Víctor Rodríguez Monteza como fiscal supremo titular al declarar nula la destitución que le impuso la anterior Junta Nacional de Justicia en 2021. | Fuente: Andina

El máximo intérprete de la Constitución declaró nula la destitución impuesta por la anterior Junta Nacional de Justicia en 2021 y dispuso la reincorporación de Víctor Rodríguez Monteza como fiscal supremo titular, al considerar que se vulneraron sus derechos al debido proceso y al trabajo.

El Tribunal Constitucional ordenó la reincorporación del doctor Víctor Raúl Rodríguez Monteza en el cargo de fiscal supremo titular del Ministerio Público.

El máximo intérprete de nuestra Carta Magna adoptó esta medida al declarar nula la resolución que emitió la anterior Junta Nacional de Justicia (JNJ), el 24 de noviembre del 2021, en la que le impuso la sanción de destitución en el cargo de fiscal Supremo titular por su presunta vinculación con el caso ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’.

Asimismo, también anula la resolución emitida el 8 de agosto del 2022 en la que la Junta declaró infundado el recurso de reconsideración que interpuso dicho letrado para dejar sin efecto la referida sanción administrativa que se le impuso en este caso.

El Tribunal Constitucional declaró fundado una demanda de amparo que presentó el doctor Rodríguez Monteza para que se declaren inaplicable y sin efecto jurídico estas resoluciones administrativas y se ordenará su inmediata reincorporación en el cargo de fiscal supremo titular tras invocar la tutela de sus derechos al trabajo, a la tutela jurisdiccional (administrativa) efectiva, al debido proceso y a obtener una respuesta motivada en derecho.

El máximo intérprete de nuestra Carta Magna determinó en su sentencia, a la que tuvo acceso RPP, que en este caso se lesionó el derecho al debido procedimiento administrativo al haber inobservado el plazo de caducidad antes citado, así como también el derecho a la motivación de las resoluciones administrativas, lo que trajo como consecuencia, a su vez, la decisión arbitraria de destitución del actor, lo cual vulneró también su derecho al trabajo y a la permanencia en el cargo de fiscal supremo titular.

Por ello, el Tribunal Constitucional exhortó a la Junta Nacional de Justicia a observar los plazos previstos para los procedimientos administrativos disciplinarios, en estricto cumplimiento del debido procedimiento administrativo.

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