El Gobierno oficializó el Decreto Supremo 010-2026-JUS, que establece un procedimiento excepcional y temporal para la conmutación de penas de personas sentenciadas por el delito de omisión de asistencia familiar.
La medida estará vigente en todo el país hasta el 31 de diciembre de 2028 y busca contribuir a reducir la sobrepoblación en los establecimientos penitenciarios.
La norma permite que los internos accedan a una reducción de sus condenas siempre que cumplan determinados requisitos. Entre ellos, deberán acreditar el pago de al menos el 70 % de la deuda alimentaria acumulada, encontrarse en el régimen cerrado ordinario y no registrar más de una condena efectiva ni procesos penales pendientes con mandato de detención.
Según el Ejecutivo, la decisión responde al incremento sostenido de la población penitenciaria por este delito. De acuerdo con cifras del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), el número de internos por omisión de asistencia familiar pasó de 442 en abril de 2022 a 1.831 en abril de 2026, lo que representa un aumento superior al 314 % en cuatro años.
El Gobierno sostiene que el encarcelamiento prolongado de los deudores alimentarios no siempre garantiza el cumplimiento de las obligaciones económicas, por lo que la medida busca incentivar el pago efectivo de las pensiones en beneficio de los alimentistas.
El procedimiento será tramitado ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante una solicitud presentada por el interno. La Secretaría Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales verificará el cumplimiento de los requisitos y recopilará la información necesaria antes de emitir una recomendación que será elevada al presidente de la República para la decisión final.
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