SBS eleva la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos a S/ 122.000: ¿qué ahorros están protegidos?

El nuevo valor de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) regirá entre junio y agosto de 2026 y protege depósitos en bancos, financieras y cajas miembros del sistema.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) elevó a S/ 122.000 el monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) para el trimestre comprendido entre junio y agosto de 2026.

La actualización fue oficializada mediante la Circular F-617-2026 y representa un incremento de 4,1% respecto al límite vigente durante el trimestre anterior (marzo-mayo de 2026), cuando la cobertura ascendía a S/ 117.200.

El Fondo de Seguro de Depósitos es el mecanismo que protege los ahorros de los usuarios cuando una entidad financiera supervisada por la SBS es declarada en disolución y liquidación. 

“Este respaldo permite al ahorrista recuperar su dinero (incluidos los intereses ganados) hasta el monto máximo indicado (S/122.000), ante la posibilidad de quiebra de alguna de las entidades financieras aseguradas”, explicó el experto en finanzas y docente de Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta. 

El monto de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos se actualiza trimestralmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al por Mayor (IPM), tal como establece la Ley General del Sistema Financiero. Este mecanismo busca mantener el valor real de la protección otorgada a los ahorristas del sistema financiero peruano.

¿Qué ahorros están cubiertos?

La cobertura del FSD comprende los ahorros de personas naturales y de personas jurídicas privadas sin fines de lucro, así como los depósitos a la vista de otras personas jurídicas.

Entre los productos protegidos se encuentran las cuentas de ahorro, depósitos a plazo fijo, cuentas corrientes y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Asimismo, el seguro cubre los intereses generados por estos depósitos desde la fecha de su constitución o desde su última renovación.

El monto asegurado considera la totalidad de los depósitos que una persona mantiene en una misma entidad financiera, hasta el límite máximo establecido para cada trimestre.

La normativa establece que los depósitos en moneda extranjera también están protegidos por el Fondo de Seguro de Depósitos. En estos casos, la cobertura se paga en su equivalente en moneda nacional.

En el caso de las cuentas mancomunadas, el saldo se distribuye proporcionalmente entre los titulares antes de determinar el monto que corresponde cubrir.

¿A quiénes beneficia?

La protección alcanza a los clientes de bancos, empresas financieras, cajas municipales y cajas rurales que forman parte del Fondo de Seguro de Depósitos.

De esta manera, si una de estas entidades deja de operar y entra en un proceso de liquidación, los depositantes pueden recuperar sus ahorros hasta el monto máximo cubierto por el seguro.

Para ello, la SBS elabora un padrón con la relación de los ahorristas y los montos que corresponde devolver a cada uno.

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