La restricción regirá durante 48 horas en todo el país con motivo de la segunda vuelta presidencial. Conoce desde qué hora estará prohibida la venta de bebidas alcohólicas y cuáles son las sanciones para quienes incumplan la norma.
Este domingo, 7 de junio, los peruanos regresarán a las urnas para elegir a su próximo presidente de cara al siguiente quinquenio. Los candidatos que continúan en carrera son Keiko Fujimori (Fuerza Popular) y Roberto Sánchez (Juntos por el Perú). En las horas previas a los comicios, empezará a regir un conjunto de medidas electorales para garantizar que la jornada se realice con normalidad, entre ellas la denominada Ley Seca.
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En el siguiente informe, conoce desde cuándo y hasta que día estará vigente esta disposición.
¿Cuándo y a qué hora empieza la Ley Seca por la segunda vuelta 2026?
La Ley Seca se encuentra contemplada en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). Según la normativa, esta regirá desde las 8:00 a.m. del sábado, 6 de junio, hasta las 8:00 a.m. del lunes, 8 de junio, a nivel nacional; es decir, estará vigente por 48 horas.
¿Qué prohibiciones hay con la Ley Seca por la segunda vuelta 2026?
Durante el periodo que rija la Ley Seca, estará prohibida la venta de bebidas alcohólicas. Además, las autoridades podrán realizar operativos en este tiempo para verificar que la disposición sea cumplida.
Sin embargo, en diálogo con Encendidos, el abogado Martín D’azevedo, experto en gestión pública, precisó que la medida prohíbe la comercialización de bebidas alcohólicas, pero no sanciona que los peruanos puedan ingerirlos en sus viviendas.
“La prohibición [es] de expendio de licor, pero no la prohibición de que dentro de los hogares beban [o] tomen”, apuntó el abogado.
¿Qué multas hay por incumplir la Ley Seca por la segunda vuelta 2026?
De acuerdo con el artículo 390 de la Ley Orgánica de Elecciones, los negocios que incumplan esta disposición serán sancionados con:
- Pena privativa de la libertad por un periodo de hasta seis meses.
- Una multa no menor del 10 % del ingreso mínimo vital multiplicado por 30 días de multa, lo que equivale a aproximadamente S/ 3 390 soles.
- Una inhabilitación que será establecida por la autoridad competente, según corresponda.
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